STSJ Galicia 4597/2010, 25 de Octubre de 2010

PonenteMARIA ANTONIA REY EIBE
ECLIES:TSJGAL:2010:9090
Número de Recurso3348/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4597/2010
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL SECRETARIA SR. GAMERO LÓPEZ-PELÁEZ CG PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 15030 44 4 2008 0001161

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003348 /2010 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000284 /2008 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 003 Recurrente/s: Severino

Abogado/a: GERMAN PLATAS VAZQUEZ

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

Procurador:

Graduado Social:

ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

ILMA. SRA. Dª. Mª ANTONIA REY EIBE

ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS

En A CORUÑA, a veinticinco de Octubre de dos mil diez. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0003348 /2010, formalizado por Severino, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de A CORUÑA en el procedimiento DEMANDA 0000284 /2008, seguidos a instancia de Severino frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª Mª ANTONIA REY EIBE.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Severino presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintidós de Febrero de dos mil diez que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

El actor, reconocida por el EVI en fecha 3 de diciembre de 2007, fue declarado en situación de Invalidez Permanente Total para su profesión habitual de palista de cantera, con una base reguladora de 638,47 euros.

Segundo

Formuló reclamación en solicitud del reconocimiento de Invalidez Permanente Absoluta para todo tipo de trabajo que fue desestimada. Tercero.- Padece las siguientes lesiones: Ambliopia y endotropia ojo izdo con visión bultos ojo dcho. con corrección: 1 Tendinopatia. Tendón supraespinoso izdo. (diestro) . No datos de hepatopatía en Eco de 2-05. Leve alteración analítica. Cuarto.- Se agotó la vía previa en la forma reglamentaria.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: Que desestimando la demanda formulada por D. Severino, absuelvo de la misma a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda absolviendo libremente de la misma a la entidad gestora demandada. Y contra este pronunciamiento recurre la parte actora articulando un único motivo de suplicación, al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR