STSJ Asturias 2538/2010, 25 de Octubre de 2010
Ponente | CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2010:3803 |
Número de Recurso | 1906/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 2538/2010 |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 02538/2010
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax:985 20 06 59
NIG: 33044 34 4 2010 0101951
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001906 /2010
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000055 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 002 OVIEDO
Recurrente/s: Cornelio
Abogado/a:
Procurador:
Graduado Social: IVAN MENENDEZ FERNANDEZ
Recurrido/s: CONTRATAS PESCAL S.L.U, Genaro
Abogado/a: JOSE FELIX LOBATO GONZALEZ
Procurador:
Graduado Social:
SENTENCIA 2538/10
En OVIEDO, a veinticinco de Octubre de dos mil diez.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA DE LO SOCIAL del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, y D. LUIS CAYETANO FERNÁNDEZ ARDAVIN, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 1906/2010, formalizado por el Graduado Social DON IVAN MENENDEZ FERNANDEZ, en nombre y representación de Cornelio, contra la sentencia número 219/2010 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL Nº 2 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 55/2010, seguidos a instancia de Cornelio frente a CONTRATAS PESCAL S.L.U. y Genaro, representados por el Letrado D. JOSE FELIX LOBATO GONZALEZ siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D. Cornelio presentó demanda contra Genaro y CONTRATAS PESCAL SLU, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 219/2010, de fecha veintiocho de Abril de dos mil diez .
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
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-El actor prestó sus servicios para Genaro desde el 4 de marzo de 2008 con la categoría profesional de Oficial de 2ª, en virtud de un contrato temporal por obra o servicio determinado en el que figura como objeto la realización de obras por incremento de la carga de trabajo. Finalizó el 10 de junio del mismo año.
Fue contratado nuevamente por la misma empresa el 31 de julio de 2008 en la misma modalidad contractual y con la misma categoría profesional, desconociendo el objeto del mismo, finalizando la relación laboral por baja no voluntaria, el 23 de diciembre del mismo año.
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- Fue contratado por Contratas Pescal SLU cuyo administrador es Genaro, el 7 de enero de 2009, en la modalidad de contrato temporal por obra o servicio determinado, cuyo objeto era la realización de obras, con la categoría profesional de Peón ordinario. Finalizó el 9 de octubre de 2009 por finalización de la obra, según hizo constar la empresa.
Lo contrató nuevamente el 19 de octubre de 2009 en la misma modalidad cuyo objeto era la realización de obras, con la misma categoría y un salario bruto diario de 46,71#.
No ostentó la representación de los trabajadores.
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-No consta notificación escrita del fin del último contrato. Fue dado de baja en la Seguridad Social con efectos del 17 de diciembre de 2009.
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- La empresa Contratas Pescal S.L. realizó una obra en Fondos de Vega (Degaña) por cuenta de Rodrigo, por la que emitió una factura el NUM000 de noviembre de 2009 por importe de 13.920#. Los conceptos facturados eran losado de cubierta de pizarra, ejecución de chimenea, apertura de huecos y ejecución de cargaderos en muros de mampostería en la planta baja.
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- Presentó conciliación previa el 5 de enero de 2010 que se celebró el 20 del mismo mes. Interpuso la demanda al día siguiente.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "FALLO: Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por Cornelio contra D. Genaro y contra la empresa CONTRATAS PESCAL SLU y declaro la improcedencia del despido del actor y, condenando a la empresa demandada CONTRATAS...
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