STSJ La Rioja 15/2010, 28 de Enero de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución15/2010
Fecha28 Enero 2010

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00015/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA

SALA DE LO SOCIAL

N.I.G: 26089 34 4 2010 0100025, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000011 /2010

Materia: CONFLICTO COLECTIVO

Recurrente/s: ASOCIACION DE ATENCION A LAS PERSONAS CON PARALISIS CEREBRAL RIOJA

Recurrido/s: Rafaela Y OTROS TRES

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de LOGROÑO de DEMANDA 0000649 /2009

Sent. Nº 15/10

Rec. 11/10

Ilmo. Sr. D. Miguel Azagra Solano. :

Presidente. :

Ilmo. Sr. Cristóbal Iribas Genua :

Ilmo. Sr. Luis Loma Osorio Faurie :

En Logroño, a veintiocho de enero de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 11/10, interpuesto por DÑA. Rafaela, DÑA Agustina, DÑA. Camino y DON Ángel Daniel, asistidos por la letrada Dña. Henar Moreno Martínez, contra la sentencia nº 313/09 del Juzgado de lo Social nº Tres de La Rioja de fecha dieciocho de septiembre de dos mil nueve, y siendo recurrida ASOCIACION DE ATENCION A LAS PERSONAS CON PARALISIS CEREBRAL RIOJA (ASPACE- RIOJA) asistida por el Letrado Don. Florian, ha actuado como PONENTE EL ILMO. SR. DON Miguel Azagra Solano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por DÑA. Rafaela, DÑA Agustina, DÑA. Camino y DON Ángel Daniel, se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº Tres de La Rioja, contra ASOCIACION DE ATENCION A LAS PERSONAS CON PARALISIS CEREBRAL RIOJA (ASPACE RIOJA), en reclamación de CONFLICTO COLECTIVO.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, recayó sentencia con fecha dieciocho de septiembre de dos mil nueve, cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

La empresa "ASPACE-RIOJA" está dedicada a la actividad de atención a discapacitados, y se rige por el Convenio Colectivo general de centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de minusválidos, y por los pactos de empresa suscritos entre los representantes sindicales y la Asociación demandada.

SEGUNDO

Que la Asociación demandada ocupa aproximadamente a 65 trabajadores, y el presente Conflicto afecta a casi la totalidad del personal que presta sus servicios en el centro de atención integral y en la casa residencia.

TERCERO

Que la Asociación demandada, el día 13/02/2009 comunica a la Delegada de Personal de la casa residencia de ASPACE-RIOJA, la intención de proceder a la modificación colectiva de las condiciones de trabajo en base a causas económicas y técnico-organizativas, indicándoles que la fecha prevista para implantar la modificación será el día 01/04//2009 y la misma consiste en la supresión de las partidas o conceptos denominados "Complementos Retributivos" y "Mejoras Voluntarias del Convenio Colectivo", documento obrante a los folios 34, 35 y 36 que textualmente dicen: "Por medio de la presente, la Dirección de esta Asociación le comunica su intención de proceder a la modificación colectiva de condiciones de trabajo de los Empleados que más adelante se relacionan, al amparo de lo preceptuado en el artículo 41 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo núm. 1/1995, de 24 de marzo, en base a causas económicas y técnico-organizativas.

Como bien conoce, nuestra Asociación se encuentra atravesando una difícil situación económica, la cual puede conducirle, a muy corto plazo de tiempo, a un estado de falta de liquidez para hacer frente a los pagos corrientes (mantenimiento general) necesarios para su funcionamiento. Esta situación viene provocada por los continuos ejercicios deficitarios que se están presentando. Así, el ejercicio 2006, se cerró con un resultado negativo de 40.807 #; el ejercicio 2007, con una pérdida de 94.214 #; y la previsión de cierre del año 2008, superará los 100.000 # de déficit, resultados negativos que en la actualidad son imposibles de soportar en atención a su volumen y persistencia. Los anteriores extremos pueden ser comprobados con el análisis de la documentación económica, fiscal y contable de la Aspace-Rioja, la cual, desde este momento, queda a su disposición.

Esta situación de máxima preocupación, viene determinada, fundamentalmente, por los siguientes motivos:

  1. La desaparición, en los últimos ejercicios, de la fuente de ingresos provenientes del resultado económico del Centro Especial de Empleo de Aspace Rioja con la que se dotaba, básicamente, el Fondo Social de la Asociación.

  2. La evolución de dicho Fondo Social, el cual se ha visto mermado a lo largo de estos tres últimos ejercicios, hasta el punto de su práctica desaparición, debido a la utilización del mismo para mejorar la atención de las personas con parálisis cerebral y sus familias y, fundamentalmente, hacer frente al abono de las partidas económicas que, con carácter voluntario y con el fin de mejorar las condiciones establecidas por el Convenio Colectivo que nos rige, viene satisfaciendo Aspace-Rioja a todos sus Empleados.

  3. Las condiciones estrictas de la Concertación de Centros de atención a personas con discapacidad establecidas por la Consejería de Servicios Sociales del Gobierno de La Rioja, la cual tiene, como única referencia, el Convenio Colectivo de aplicación a nuestro sector, y que por tanto no cuenta con margen suficiente que permita incremento alguno en las condiciones salariales del personal afectado.

El desequilibrio económico que obliga imperiosamente a evitar que se siga produciendo el déficit producido en estos años, si se quiere asegurar la viabilidad de la Asociación en el futuro, ha motivado a su Junta Directiva, después de profundos y difíciles debates, a tomar por unanimidad diferentes medidas que vengan a solucionar el gravísimo problema al que nos enfrentamos. Entre estas medidas se encuentran: el aumento significativo de la aportación de las familias en los Servicios de Tratamientos y Programas Asociativos; el máximo control de la partida económica destinada a gastos de mantenimiento general y de sus instalaciones; la reestructuración de las áreas de Respiro Familiar, Ocio y Tiempo Libre, y Proyección Social; y, con enorme pesar y desolación, la supresión de las partidas o conceptos denominados «Complementos Retributivos" y "Mejoras Voluntarias del Convenio Colectivo", como consecuencia de la situación económica y técnico-organizativa por la que en estos momentos atraviesa la Asociación.

Del mismo modo, se asume el compromiso de no escatimar esfuerzo alguno por abrir nuevas vías de financiación, con el fin de obtener recursos que garanticen el mantenimiento y viabilidad de la Asociación, y que permitan recuperar, prioritariamente, la situación más beneficiosa para los Empleados que se venia ofreciendo en Aspace-Rioja hasta estos momentos.

En lo que se refiere a la desaparición de los llamados "complementos voluntarios", los trabajadores afectados, sus categorías profesionales, los pluses a suprimir, y las cuantías de los mismos, son los que se relacionan a continuación:

TRABAJADOR CATEG. COORD. COMP.VOL.ABS COMP.DIR. María Esther AUX.TCO.EDUC. 110# 125,95#

Blanca AUX. TC. EDUC. 110# 125,95#

Enma T.G.M. 300#

Los esfuerzos realizados de cara a evitar la modificación aludida, que, en base a las causas invocadas, la Asociación pretende acometer, han sido numerosos, practicando todo tipo de actuaciones tendentes a evitar la decisión, sin que tales acciones hayan servido, por el momento, para eludir la misma.

En este contexto, y como medida imprescindible para garantizar la viabilidad y prosecución de la Asociación, y, sobre todo, el mantenimiento de la totalidad de puestos de trabajo existentes en la actualidad, Aspace-Rioja se encuentra abocada a suprimir los pluses o complementos indicados, por cuanto que ello se hace imprescindible de cara a intentar equilibrar su resultado económico, evitando la situación deficitaria generada en los últimos ejercicios. De todo ello han sido puntualmente informados todos y cada uno de los trabajadores, por medio de representantes de la Junta Directiva de la Asociación, y de forma exhaustiva y profunda, incluso con exhibición y análisis de la documentación económica pertinente, por la Delegada de Personal, en reiteradas reuniones celebradas con tal objeto.

Consecuentemente, a partir de la fecha de efectos de la pr decisión, el único referente que ha de regir para la organización y determinación de las relaciones laborales del personal del centro de trabajo de la Casa-Residencia de Aspace-Rioja, será el cumplimiento...

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