STSJ Galicia 1438/2010, 26 de Marzo de 2010

PonentePILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR
ECLIES:TSJGAL:2010:3766
Número de Recurso2289/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1438/2010
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 2289 /2009

CRS

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

A CORUÑA, VEINTISEIS DE MARZO DE DOS MIL DIEZ.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0002289 /2009 interpuesto por CONSELLERIA DO MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E

INFRAESTRUCTURAS contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de VIGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Natalia en reclamación de CESION ILEGAL siendo demandado CONSELLERIA DO MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS, TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. (SDAD. UNIPERSONAL) (TRAGSATEC), TRAGSA (EMPRESA DE TRANSFORMACION AGRARIA SA). En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000969 /2008 sentencia con fecha veintisiete de Febrero de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

Dª Natalia, mayor de edad y con D.N.I. nº NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta de EMPRESA DE TRANSFORMACION AGRARIA S.A. (en adelante TRAGSA) durante los siguientes períodos: Desde el 10 de septiembre al 31 de diciembre de 2001, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado consistente en "calidad Ambiental 2001 anualidad 2001", con la categoría profesional de auxiliar técnico. 2°. Desde el 11 de enero al 31 de diciembre de 2002 en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado consistente en "A. T. calidad Ambiental 2002 anualidad 2003", con la categoría profesional de auxiliar técnico. 3°. Desde el 2 de enero al 31 de diciembre de 2003, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, por obra o servicio determinado consistente en "AT calidad ambiental 2002, anualidad 2003", con la categoría profesional de auxiliar técnico. Desde el 7 de enero al 31 de diciembre de 2004 en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado consistente en "Calidad Ambiental 2004", con la categoría profesional de auxiliar técnico. Desde el 3 de enerQ al 31 de diciembre de 2005 en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por óbra o servicio determinado consistente en "AT realización seguimento y control accions aplicación len, Anualidad 2005", con la categoría profesional de auxiliar técnico. 6° Desde el 2 de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2007 en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado consistente en "AT para control, archivo y seguimiento de expedientes de evaluación e impacto ambiental de la Dirección Xeral de calidade e Avaliación Ambiental, Anualidad 2006", con la categoría profesional de auxiliar técnico Este contrato fue convertido en indefinido a tiempo completo el día 18 de diciembre de 2006. Viene prestando servicios pory cuenta de TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS S.A. (en adelante TRAGSATEC), desde el día 1 de enero de 2008 hasta la actualidad, en virtud de la reorganización productiva del Grupo Tragsa, manteniendo, según reconocimiento efectuado por TRAGSATEC en escrito de fecha 14 de diciembre de 2007, el puesto de personal de gestión, la categoría profesional de auxiliar administrativo, el nivel retributivo VIII, una antigüedad de 10 de septiembre de 2001 y permaneciendo en la Delegación de la Comunidad autónoma de Galicia. Durante la anualidad 2008 Dª. Natalia recibió de la Consellería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia y en su condición de representante de TRAGSATEC la orden de ejecución de trabajo consistente en "A.T. PARA A REALIZAION DO BORRADOR DE REGULMENTO DA ILLA DE ONS A INVESTIGACIÓN DA PROPIEDADE DO USO DAS INFRAESTRUCTURAS DA ILLA"./

Segundo

Durante todos estos periodos, Dña. Natalia ha prestado sus servicios en dependencias de la Consellería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia, primero en la Delegación de Pontevedra, y a partir del 1 de agosto de 2007 en la Delegación de Vigo por petición de traslado de la propia trabajadora efectuada a TRAGASA y concedida por ésta, y utilizando los elementos materiales e instrumentos de éstas

para el desarrollo de su trabajo. En dichas delegaciones no se llevaba a cabo materias de competencia de calidad ambiental. Los permisos1 licencias y vacaciones debían ser solicitados directamente a TRAGSA en su caso TRAGSATEC, si bien a la hora de escoger su periodo vacacional se ponía de acuerdo con el resto de personal que dependiente de la Xunta de Galicia prestaba con ella servicios en el mismo departamento para que quedara cubierto el servicio. Las comunicaciones sobre incapacidad temporal y la remisión de los partes debían efectuarse a TRAGSA o en su caso TRAGSATEC. Dª. Natalia no estaba sometida al sistema de control de horario establecido en su centro de trabajo para los trabajadores y funcionarios de la Xunta de Galicia. Dª. Natalia ha prestado apoyo en los trabajos desarrollados por los funcionarios y personal de la Consellería en expedientes sancionadores, de montes, caza y pesca ha participado en la elaboración de informes Y borradores relativos a las Islas Atlánticas y espacios naturales No consta que haya realizado actividad relacionada con "calidad ambiental"./ Tercero.-La Consellería De Medio Ambiente e Desenvolvemento Sostible de la Xunta de Galicia ha efectuado a TRAGSA las siguientes órdenes de ejecución de trabajos. Orden de 25 de junio de 2002 para la realización de los trabajos de "asistencia técnica para la realización de los de control, archivo y seguimiento de expedientes de evaluación e impacto ambiental del año 2002". Orden de 28 de febrero de 2003 para la realización de los trabajos de "asistencia técnica para la realización de los estudios de evaluación de impacto ambiental". Orden de 24 de marzo de 2004 para la realización de los trabajos de "Asistencia técnica para control, archivo y seguimiento de expedientes de evaluación e impacto ambiental". Orden de 12 de julio de 2004 para la realización de los trabajos de "Asistencia técnica para el control, archivo Y seguimiento de expedientes de evaluación e impacto ambiental de la Dirección General de calidad y Evaluación ambiental Año 2004". Orden de 1 de abril de 2005 para la realización de los trabajos de "Asistencia técnica para control, archivo y seguimiento de expedientes de evaluación e impacto ambiental de la dirección General de Calidad y Evaluación ambiental año 2005". Orden de 15 de diciembre de 2005 para la realización de los trabajos de "AT para el control, archivo y seguimiento de expedientes de evaluación e impacto ambiental, dirección general de calidad Y evaluación ambiental. Año 2006". Orden de 28 de marzo de 2006 para la realización de los trabajos de "AT para el desarrollo y análisis de procedimientos de análisis y fomento de tecnología ambiental y de control del comportamiento ambiental de las actividades potencialmente contaminantes, año 2006". Orden de 31 de diciembre de 2006 para la realización de los trabajos de "AT para el desarrollo y análisis de los procedimientos de análisis y fomento de tecnología ambiental y de control del comportamiento ambiental de las actividades potencialmente contaminantes año 2006". Orden de 2 de enero de 2007 para la realización de los trabajos de "AT para el desarrollo Y análisis de procedimiento de análisis y fomento de la tecnología ambiental y de control del comportamiento ambiental de las actividades potencialmente contaminantes años 2007-2008.. Orden del año 2008 parar la realizaron de los trabajos de "AT para la realización del borrador del Reglamento de la Isla de Ons y la investigación de la propiedad de uso de las infraestructuras de la isla"./ Cuarto.- El día 23-10-08 se presentó papeleta de conciliación frente a TRAGSA y TRAGSATEC celebrándose el acto el día 7-11-08 sin efecto. El día 24-11-08 se presentó escrito de reclamación previa ante la Xunta de Galicia.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda que en materia de RECONOCIMIENTO DE DERECHOS ha sido interpuesta por Dª Natalia, contra MEPRESA DE TRENSFORMACON AGRARIA S.A., EMPRESA DE TECNOLOGICA Y SERVICIOS AGRARIOS S.A., y la CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE E DESENVOLVEMENTO SOSTIBLE DA XUNTA DE GALICIA, debo declarar y declaro por efecto de la...

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