STSJ Cataluña 6436/2010, 7 de Octubre de 2010

PonenteENRIQUE JIMENEZ-ASENJO GOMEZ
ECLIES:TSJCAT:2010:7845
Número de Recurso5472/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6436/2010
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0012939

F.S.

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. ENRIQUE JIMÉNEZ ASENJO GÓMEZ

En Barcelona a 7 de octubre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6436/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 6 Barcelona de fecha 26 de marzo de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 449/2009 y siendo recurrido/a Martin, -T.G.S.S.- (Tesorería Gral. Seguridad Social), Mutual Midat Cyclops y SEAT, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. ENRIQUE JIMÉNEZ ASENJO GÓMEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4-5-09 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 26 de marzo de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimo la demanda interpuesta por Martin contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA MIDAT CICLOPS (MC MUTUAL) y SEAT,S.A. en reclamación de incapacidad por agravación y con absolución de MUTUA MIDAT CICLOPS (MC MUTUAL) y SEAT,S.A., declaro al mismo en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA derivada de enfermedad común debiendo estar y pasar por tal declaración los demandados y debiendo abonar el INSS la prestación al 100% de la base reguladora de 26.968,08euros anuales con efectos de la prestación de 29/01/2009.

Absuelvo a la TGSS sin perjuicio de que este y pase por lo aquí declarado.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La parte actora Martin cuyos datos de identificación personal y demás circunstancias constan en el encabezamiento de la demanda que ha dado origen al presente expediente y se da aquí por reproducido nacido el 25/12/1943, presentó solicitud de revisión por agravación el 12/12/2008.

SEGUNDO

Por resolución de 18/03/2002 fue declarado el actor en situación de incapacidad permanente total cualificada derivada de enfermedad profesional en base a las siguientes lesiones y dolencias: síndrome subacromial bilateral de larga evolución y recurrente en relación a esfuerzos realizados con EE.SS. Su profesión era oficial metalúrgico.

En aquella resolución se declaraba la responsabilidad en el pago de la prestación de la mutua hoy MC Mutual, señalando que la base reguladora era de 26.968,08 euros.

TERCERO

Reconocido médicamente el actor por el ICAM se emitió informe en fecha en que se expresaba que se observaban en el actor las siguientes lesiones y dolencias: síndrome Subacromial bilateral con limitación de la movilidad, cervicoartrosis avanzada, lumboartrosis moderada, meniscopatía+condropatía grado II rodilla izquierda, artrosis cadera leve, en cadera derecha signos NACF pendiente de RMN.

En la vía administrativa la Dirección Provincial del I.N. S.S. declaró en fecha 28/01/2009 no haber lugar a modificar por agravación el grado de incapacidad declarado.

La vía administrativa se agotó mediante la interposición de reclamación previa que fue desestimada por el I.N. S.S. de forma expresa por resolución de 30/03/2009 .

CUARTO

La base reguladora es de 26.968,08euros anuales. La fecha de efectos de la prestación es 29/01/2009.

QUINTO

Martin se halla afectado y persiste en el mismo el síndrome Subacromial bilateral determinante de limitación de la movilidad en relación a esfuerzos realizados con EE.SS. y presenta además cervicoartrosis, coxartrosis y gonartrosis avanzada según RX de pelvis y rodillas, con degeneración meniscal y condropatía rotuliana grado II rodilla izquierda, lumboartrosis moderada, artrosis en manos moderada y trastorno adaptativo mixto de grado moderado.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte codemandada INSS, que formalizó dentro de...

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