STSJ Castilla y León 1534/2010, 14 de Octubre de 2010

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2010:5464
Número de Recurso1534/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1534/2010
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01534/2010

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 24089 44 4 2010 0000511

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001534 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000177 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 003

Recurrente/s: Eutimio

Abogado/a:

Procurador: JOSE MARIA BALLESTEROS GONZALEZ

Graduado Social: IGNACIO SUAREZ ALONSO

Recurrido/s: TEYMON 2000 S.L.

Abogado/a: CAROLINA SANDIN HERNANDEZ

Procurador: MARIA HENAR MONSALVE RODRIGUEZ

Graduado Social:

Rec. Núm.1534/10

Ilmos. Sres.:

D. Manuel Mª Benito López Presidente en funciones

D. Juan José Casas Nombela

Dª.Susana Mª Molina Gutiérrez/

En Valladolid a catorce de octubre de dos mil diez

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.1534/10 interpuesto por D. Eutimio contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 3 de León de fecha 3 de mayo de 2010, recaída en autos nº 177/10, seguidos a virtud de demanda promovida por precitado recurrente contra TEYMON 2000 S.L, sobre EXTINCION DE CONTRATO (traslado), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 22-2-10, procedente de reparto, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 3 de León demanda formulada por D. Eutimio en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando referida demanda.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "Primero.- El demandante, Eutimio, ha venido prestando servicios laborales para la empresa demandada, Teymon 2000 S.L., perteneciente al sector de Industrias del Metal del Principado de Asturias, desde el 22 de junio de 1999, con la categoría profesional de Ayudante- Especialista y con un salario bruto mensual de 1.304,77 euros, incluida la prorrata de pagas extraordinarias. Segundo.- Con fecha 18 de enero de 2010, la empresa comunicó al trabajador lo siguiente: "Acusamos recibo de su alta médica con fecha de hoy, informándole que puede incorporarse en nuestras instalaciones en al calle Marie Curie, Parcela D 2-Nave 9 (Polígono de la Mora Garay) en Gijón, en su horario habitual, con el fin de poder continuar en la prestación de su servicios sin que tenga que acceder a centrales telefónicas, al haber sido inhabilitada de manera permanente, por parte de E.C. Avanzit, su tarjeta de identificación TIP para acceder a los centros de Telefónica. Tercero.- Teymon 2000 es una subcontrata de Avancit Telecom, que le 9 de marzo de 2009 dirigió a aquélla y con referencia al ahora demandante un correo electrónico del tenor que sigue: "Te confirmo que el pasado día 3 de marzo he dado instrucciones a Seguridad y Protección para que la tarjeta de identificación TIP de la persona cuyos datos al pie se citan quede inhabilitada de manera permanente para acceder a cualquier centro de Telefónica como consecuencia de los hechos acaecidos en el domicilio de un cliente el pasado 18 de febrero que causaron la reclamación del mismo." Cuarto.- El actor ha desempeñado un trabajo principalmente en León, pero también fuera de la Provincia para realizar determinadas instalaciones. Quinto.- El 5 de febrero de 2010 se celebró ante la Oficina Territorial de Trabajo de León el preceptivo acto de conciliación en virtud de papeleta presentada el 22.01.10, concluyendo con el resultado de "sin Avenencia".".-Tercero.- Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por el actor, fue impugnado por la demandada. Elevados los autos a esta Sala se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación el actor frente a la sentencia de instancia que desestima su demanda, con la que pedía la rescisión indemnizada de su contrato de trabajo por traslado, y articula un primer motivo de revisión...

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