STSJ Cataluña 6202/2010, 29 de Septiembre de 2010

PonenteVERONICA OLLE SESE
ECLIES:TSJCAT:2010:7165
Número de Recurso2416/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6202/2010
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 17079 - 44 - 4 - 2008 - 0025975

EL

ILMO. SR. AMADOR GARCIA ROS

ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

ILMA. SRA. VERÓNICA OLLÉ SESÉ

En Barcelona a 29 de septiembre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6202/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Feliciano frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Girona de fecha 9 de diciembre de 2008, dictada en el procedimiento Demandas nº 483/2008 y siendo recurrido/a Servicio Público de Empleo Estatal (Inem). Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. VERÓNICA OLLÉ SESÉ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de mayo de 2008, tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 9 de diciembre de 2008, que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda formulada por D. Feliciano, debo absolver y absuelvo al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL-INEM de los pedimentos contenidos en la misma, confirmando la resolución de denegación de la solicitud de reanudación de la prestación por desempleo, y consecuencias inherentes, acordada en la resolución administrativa impugnada. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: "

PRIMERO

En fecha 24 de enero de 2007, por parte de la Inspección Provincial de Girona, se dictó resolución en el expediente número NUM000, por la que se acordaba imponer a D. Feliciano sanción consistente en la extinción del derecho al percibo de las prestaciones por desempleo, con el siguiente tenor literal: "RESUELVO: Que procede imponer e impongo al citado trabajador la sanción de extinción del derecho al percibo de las prestaciones por desempleo desde la fecha de reconocimiento de la prestación en su modalidad de pago único, 15/05/06, con devolución de las cantidades indebidamente percibidas y exclusión del derecho a percibir prestación por desempleo por el período de un año." (Folio 39 de las presentes actuaciones)

SEGUNDO

La base sobre la que se imponía la sanción anteriormente transcrita partía del acta NUM001 de 23 de noviembre de 2006 por la que se constata infracción a la normativa vigente y que tiene el siguiente tenor literal " (...) Que el trabajador autónomo de referencia no ha presentado la documentación solicitada referente a la justificación del inicio de la actividad en el plazo de un mes desde su percepción, así como que no ha acreditado las inversiones realizadas con el dinero percibido por el Instituto de Empleo en concepto de pago único de las prestación por desempleo, lo que supone la no afectación de la cantidad percibida, considerándose esta cantidad como cobro indebido por incumplimiento de lo dispuesto en el art. 4º.1 y 7º.1 del real decreto 1044/1985, de 19 de junio, por el que se regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único como medida de fomento del empleo." (Folio 40 de las presentes actuaciones)

TERCERO

No consta que contra la anterior resolución se llegaran a interponer los recursos administrativos pertinentes con lo que devino firme en la vía administrativa.

CUARTO

Por el actor se solicitó reanudación de pago de prestación por desempleo el 22 de enero de 2008. (Folio 25 de las presentes actuaciones judiciales).

QUINTO

En resolución adoptada en Girona el 28 de enero de 2008 consistente en la denegación de una prestación por desempleo por considerar que el derecho está extinguido por sanción impuesta por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. (Folio 4 consistente en la resolución recurrida y Folio 31 contenido en la prueba documental de la demandada).

SEXTO

En resolución del INSS de fecha 17 de marzo de 2008 se acuerda desestimar la reclamación administrativa previa interpuesta por D. Feliciano respecto de la decisión adoptada en Girona el 28 de enero de 2008. (Folio 4 consistente en la resolución recurrida y Folio 31 contenido en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR