STSJ Cataluña 6263/2010, 30 de Septiembre de 2010
Ponente | MIGUEL ANGEL SANCHEZ BURRIEL |
ECLI | ES:TSJCAT:2010:6978 |
Número de Recurso | 6651/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE SUPLICACIóN |
Número de Resolución | 6263/2010 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2008 - 0072539
RM
ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL
ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ
ILMA. SRA. VERÓNICA OLLÉ SESÉ
En Barcelona a 30 de septiembre de 2010
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 6263/2010
En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 12 Barcelona de fecha 5 de junio de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 1131/2008 y siendo recurrido Bernardino . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL.
Con fecha 23 de diciembre de 2008 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 5 de junio de 2009 que contenía el siguiente Fallo:
"FALLO: Que estimando la demanda formulada por D. Bernardino declaro al mismo en situación de incapacidad permanente en grado de total para la profesión de oficial encuadernación-plegadora, derivada de enfermedad común, y condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por tal declaración y a pagarle la pensión correspondiente en cuantía del 55% de la base reguladora de 776'46 #, con efectos desde el 25-9-08, más las mejoras y revalorizaciones legales que procedan."
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"1º) El demandante, nacido el 29-12-58, se encuentra afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta en el Régimen General a consecuencia de trabajos prestados por cuenta ajena, siendo su profesión habitual la de oficial encuadernación- plegadora, tiene cubierto el periodo de carencia requerido para causar derecho a la prestación que reclama y había iniciado proceso de incapacidad temporal el 7-11-07, solicitando posteriormente la prestación objeto de este procedimiento.
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) Incoado el preceptivo expediente administrativo para valorar la eventual incapacidad, el ICAM emitió dictamen el 25-9- 08.
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) La Dirección provincial del INSS dictó resolución el 10-10-08 por la que no le reconoció grado alguno de incapacidad permanente, ni por lo tanto derecho a prestaciones económicas, con indicación de que debía continuar con asistencia sanitaria.
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) Contra la anterior resolución formuló reclamación previa, que fue desestimada por nueva resolución de 1-12-08.
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) De las cotizaciones computables acreditadas por el demandante resulta la base reguladora de la prestación que reclama de 776'46 #.
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) Acredita la siguiente patología: espondilolistesis L4-L5 con protusión izada. y hernia discal L5-S1 derecha, intervenida en 8/2008, con radiculopatía; lumbago inespecífico; gonartrosis moderada, con movilidad rodillas moderadamente disminuida.
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) La profesión del actor, como se ha dicho, es la de oficial...
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