STSJ Cataluña 6261/2010, 30 de Septiembre de 2010

PonenteDANIEL MARTINEZ FONS
ECLIES:TSJCAT:2010:6976
Número de Recurso611/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6261/2010
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 43148 - 44 - 4 - 2009 - 0013817

ECR

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. DANIEL MARTÍNEZ FONS

En Barcelona a 30 de septiembre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6261/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Cristobal frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tarragona de fecha 14 de julio de 2009 dictada en el procedimiento nº 623/2009 y siendo recurridos PROSER TARRAGONA, S. L., INTEGRAL DE ACEROS, S.L. y Hilario . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DANIEL MARTÍNEZ FONS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de mayo de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 14 de julio de 2009 que contenía el siguiente Fallo:

"Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Hilario, con D.N.I. nº NUM000, contra INTEGRAL DE ACEROS, S.L., D. Cristobal y PROSER TARRAGONA, S.L., sobre despido, debo declarar y declaro NULO el despido efectuado, y condeno conjunta y solidariamente a la empresa demandada INTEGRAL ACEROS, S.L. y a D. Cristobal, a estar y pasar por dicha declaración, con abono de los salarios de tramitación desde el 23-4- 2009 hasta la notificación de la presente resolución, sin perjuicio de que se deduzcan las cantidades que el trabajador ha percibido por los trabajos realizados por cuenta ajena. Se absuelve a PROSER TARRAGONA, S.L. de los pedimentos de la parte actora."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Hilario, inició prestación de servicios para la empresa demandada INTEGRAL ACEROS, S.L., dedicada a la actividad de fabricación, montaje de estructuras metálicas y calderería, el 25-2-2002, ostentado la categoría profesional de Jefe de Equipo y percibiendo un salario mensual con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 2.366,29 euros.

(docum. nº 1 y 2 de FGS y docum. nº 2 de la actora)

SEGUNDO

El pasado día 20-4-2009 la empresa demandada INTEGRAL ACEROS, S.L., comunicó al actor que no había trabajo y que se procedería a despido debido a la situación económica de la empresa.

El día 22-4-2009 se entregó al demandante carta de despido por causas objetivas, en la que se ponía de manifiesto la grave crisis económica que afectaba a la empresa, fijándose la indemnización de 20 días de salario por año de servicio, que no se ponía a su disposición debido a la falta de recursos financieros.

(confesión actor, testifical Sr. Severino )

TERCERO

La empresa demandada INTEGRAL ACEROS, S.L., no abonó a los actores la indemnización por despido objetivo.

(hecho no controvertido)

CUARTO

La empresa INTEGRAL ACEROS, S.L., fue constituida el 31-5-1994, teniendo la mayoría de las participaciones sociales el codemandado D. Cristobal, siendo asimismo el Administrador único hasta el 6-11-2008.

En fecha 6-11-2008 el codemandado D. Cristobal junto con el otro socio D. Alejandro, vende todas las participaciones de la empresa, a D. Doroteo, que actúa en nombre y representación de la empresa OSMAN HABITAT, S.L, siendo nombrado Administrador único de la empresa INTEGRAL ACEROS, S.L., D. Doroteo . El precio de la compraventa de las participaciones sociales se estableció en 30.143 euros.

(docum. nº 1 y 2 de D. Cristobal )

QUINTO

La empresa INTEGRAL ACEROS, S.L., hasta el 6-11-2008 era propietaria de la Finca Urbana Parcela nº 130-B, porción de terreno edificable sita en Tarragona, Polígono Riu Clar, con una superficie de 3.027 metros cuadrado, en su interior hay una nave industrial que consta de planta baja, compuesta de almacén o taller y una porción a despacho, tratero, aseos, duchas y vestuarios, con una superficie de 1.461 metros cuadrados, y planta primera destinada a oficinas con una superficie construida de 90 metros cuadrados, en total la nave tiene una superficie construida de 1.551 metros, 60 decímetros cuadrados.

Dicho solar fue adquirido por compra al Institut Català del Sol el 29-7-1999. El indicado solar y nave tenía una hipoteca a favor del Banco Sabadell, por un total de 350.300 euros.

(docum. nº 1 y 2 de D. Cristobal, docum. nº 13 a 24 de la empresa Proser Tarragona, S.L.)

SEXTO

En fecha 6-11-2008 la empresa INTEGRAL ACEROS, S.L., a través de su Administrador D. Doroteo, venden la reseñada parcela y nave descritas anteriormente, a la empresa PROSER TARRAGONA, S.L., en la cuantía de 700.000 euros, más 112.000 euros de IVA, y otros 102.560 euros, más

16.409 euros de IVA, por la instalación eléctrica, equipos de aire acondicionado, cableado, instalación de salida de humos, instalación perimetral de aire a presión y vigas carril para soportación de puentes grúa.

De la cantidad objeto de compra PROSER TARRAGONA, S.L. retuvo la suma de 350.300 euros, a fin de abonar la hipoteca al Banco de Sabadell, S.L.

(docum. nº 13 a 28 de Proser Tarragona)

SÉPTIMO

La empresa PROSER TARRAGONA, S.L., constituida el 31-7-1990, tiene como objeto social la realización de proyectos de arquitectura para edificaciones industriales y colectivas, proyectos de ingeniería, proyección de instalaciones industriales, compra venta de bienes muebles y obra civil, explotando una gasolinera, sita en C/ Riu Montsant, Tarragona.

En fecha 6-11-2008 PROSER TARRAGONA, S.L., cede en arrendamiento a INTEGRAL DE ACEROS, S.L., la nave que acaba de comprar, por un plazo de dos años, que finalizará el día 6-11-2010. El precio del arrendamiento se fija en 300.000 euros mensuales.

(docum. nº 26 y 27 de Proser Tarragona)

OCTAVO

El demandante ha prestado servicios desde el 25-6-2009 al 3-7-2009.

NOVENO

El demandante ostenta la cualidad de Delegado de Personal desde octubre de 2007.

(docum. nº 1 del actor)

DÉCIMO

En fecha 8-5-2009 se intentó la conciliación ante el organismo público competente que tuvo lugar intentado sin efecto, respecto a Integral de Aceros, S.L. y sin avenencia respecto a D. Cristobal y Proser Tarragona, S.L., según papeleta presentada el día 21-4-2009.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada Cristobal, que formalizó dentro de plazo, y que las partes contrarias, a las que se dió traslado no lo impugnaron, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que estimó la demanda interpuesta por D. Hilario frente a Integral de Aceros, SL, Proser Tarragona, SL y D. Cristobal en reclamación de despido objetivo, el demandado D. Cristobal, ahora recurrente, interpone el presente recurso de suplicación en base a dos...

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