STSJ Cataluña 6111/2010, 27 de Septiembre de 2010

PonenteSARA MARIA POSE VIDAL
ECLIES:TSJCAT:2010:6841
Número de Recurso4257/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6111/2010
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 43123 - 44 - 4 - 2008 - 0045991

F.S.

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

En Barcelona a 27 de septiembre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6111/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Victor Manuel frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Reus de fecha 12 de diciembre de 2008 dictada en el procedimiento Demandas nº 909/2008 y siendo recurrido/a Anibal y Fogasa T. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. SARA MARIA POSE VIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13-8-08 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 12 de diciembre de 2008 que contenía el siguiente Fallo:

Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda presentada por D. Victor Manuel en reclamación de cantidad contra la empresa RAUL MONTERO GARCIA DEBO CONDENAR Y CONDENO a la expresada demandada a pagar al actor la cantidad de 3.819'85 euros.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Victor Manuel provisto de DNI nº NUM000, comenzó a prestar servicios por cuenta de la empresa demandada en fecha 5.3.2008 hasta el día 11.6.2008, con categoría profesional de conductor mecánico y salario del mes anterior a causar baja en la empresa de 1.086'09 euros con prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

El actor ha prestado servicios en los periodos a que se refiere la reclamación salarial. El demandante reclama dichas cantidades y periodos que figuran en su demanda, ratificados y concretados en los términos que constan en el acta del juicio. Concretamente solicita el pago de determinadas cantidades en concepto de nóminas de los meses de marzo, abril, mayo y 11 días de junio, pp pagas extras de marzo, junio y diciembre, vacaciones no disfrutadas, horas extras realizadas, dietas e indemnización por finalización de los servicios prestados, ascendiendo el importe total de la reclamación a la cantidad de 5.961'75 euros.

TERCERO

El trabajador presentó demanda de conciliación el 12 de junio de 2008, celebrándose el preceptivo acto de conciliación el día 30 de junio de 2008 con el resultado de intentado sin efecto.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El recurso de suplicación formulado por Don Victor Manuel, parte actora en el presente procedimiento, se dirige exclusivamente a la " revisión al amparo del artículo 191 b LPL " y tras discrepar de la valoración efectuada por la Juez "a quo" en cuanto a la trascendencia probatoria de los discos de tacógrafo, incluyendo reflexiones...

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