STSJ Cataluña 6752/2010, 22 de Octubre de 2010

PonenteJACOBO QUINTANS GARCIA
ECLIES:TSJCAT:2010:6784
Número de Recurso4992/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6752/2010
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0002531

mm

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. DANIEL MARTÍNEZ FONS

En Barcelona a 22 de octubre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6752/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Andrés frente a la Sentencia del Juzgado Social 15 Barcelona de fecha 28 de abril de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 78/2009 y siendo recurrido/a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JACOBO QUINTANS GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 28 de abril de 2009 que contenía el siguiente Fallo:

Desestimando la pretensión de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Don Andrés, debo absolver y abuselvo al Instituto demandado de las peticiones deducidas en su contra, con confirmación de la resolución impugnada.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

1.- La parte actora, Don Andrés, con naciomiento el día 10 de octubre de 1960 y con DNI NUM000, se encuentra afiliado a la Seguridad Social y en situación de asimilado al alta por perceptor de desempleo en el Régimen General.

2.- Don Andrés solicitó la concesión de la prestación por incapacidad permanente en fecha de. Tramitado el correspondiente expediente administrativo, se practicó el reconocimiento médico preceptivo, emitiéndose dictamen por la UVAMI en fecha de 20 de octubre de 2008 con el siguiente resultado: cardiopatía isquémica crónica, IAM anteroseptal Killip I (2000), IAM inferoposterolateral, Killip I (julio 2008), enfermedad coronaria de 2 vasos, ACTP + 3 stents en CD disnea de medianos esfuerzos.

3.- La Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 14 de noviembre de 2008 declaró a Don Andrés en situación de incapacidad permanente en grado de total con derecho a la percepción de la prestación reglamentaria. Contra dicha resolución fue interpuesta la oportuna reclamación en Vía Previa, que fue expresamente desestimada.

4.- La profesión habitual Don Andrés es la de oficial 1ª albañil.

5.- Don Andrés acredita las siguientes dolencias y secuela: cardiopatía isquémica crónica, IAM anteroseptal Killip I (2000), IAM inferoposterolateral, Kilip I (julio 2008), enfermedad coronaria de 2 vasos, ACTP + 3 stents en CD, FE 42/43% disnea de medianos esfuerzos, hopertensión arteral en tratamiento y dislipemia.

6º.- El actor acredita el periodo mínimo de cotización para causar derecho a la prestación. La base reguladora mensual no controvertida de la prestación, de ser estimada la demanda, asciende a la cantidad de 1.438,95#.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió...

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