STSJ Cataluña 5732/2010, 13 de Septiembre de 2010
Ponente | JACOBO QUINTANS GARCIA |
ECLI | ES:TSJCAT:2010:5890 |
Número de Recurso | 4849/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE SUPLICACIóN |
Número de Resolución | 5732/2010 |
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2008 - 0052185
mm
ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA
ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO
ILMO. SR. DANIEL MARTÍNEZ FONS
En Barcelona a 13 de septiembre de 2010
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 5732/2010
En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 12 Barcelona de fecha 3 de abril de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 786/2008 y siendo recurrido/a Alberto . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JACOBO QUINTANS GARCIA.
Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 3 de abril de 2009 que contenía el siguiente Fallo:
"Que estimando la demanda formulada por D. Alberto declaro al mismo, por agravación, en situación de incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajo, derivada de enfermedad común, y condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por tal declaración y a pagarle la pensión correspondiente sobre la base reguladora de 2.115'53 #, con efectos desde el 29-7-08, más las mejoras legales que procedan."
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: "1º) El demandante, nacido el 2-2-45, tiene reconocida la incapacidad permanente total cualificada, derivada de enfermedad común, por sentencia de 6-10-05 . La patología que dio lugar a este reconocimiento fue la siguiente: bronconeumonía crónica obstructiva con alteración ventilatoria; hipertensión arterial; dislipemia; síndrome de apnea obstructiva del sueño; artrosis mediotarsiana bilateral; hiperuricemia; taquicardia sinusal.
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) El 16-6-08 presentó ante el INSS solicitud de revisión por agravación, que fue denegada mediante resolución de 28-7-08, contra la que interpuso reclamación previa, siendo también desestimada por nueva resolución de 9-9-08. En la tramitación del expediente administrativo fue reconocido por el ICAM, que emitió dictamen el 16.
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) Acredita en la actualidad la siguiente patología: hipertensión arterial; dislipemia; síndrome de apnea obstructiva del sueño grave en tratamiento con CPAC nasal nocturno, que provoca somnolencia diurna; EPOC severa; artrosis mediotarsiana bilateral; hiperuricemia; taquicardia sinusal; obesidad mórbida importante; lumbartrosis y coxartrosis bilateral moderada, con movilidad limitada a la flexo-extensión por dolor.
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) La base reguladora de la prestación que reclama es de 2.115'53 #. "
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este...
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