STSJ Comunidad de Madrid 531/2010, 13 de Julio de 2010

PonenteMANUEL RUIZ PONTONES
ECLIES:TSJM:2010:11764
Número de Recurso2059/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución531/2010
Fecha de Resolución13 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Social

RSU 0002059/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2010 0039974, MODELO: 40020

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002059 /2010-P

Materia: CONTRATOS DE TRABAJO

Recurrente/s: Vidal

Recurrido/s: FERRAYADOS Y ESCTRUCTURAS SA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 31 de MADRID de DEMANDA 0001398 /2009

Sentencia número: 531/2010 P

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

MANUEL RUIZ PONTONES

FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

CONCEPCIÓN MORALES VALLEZ

En MADRID, a trece de julio de dos mil diez, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo

Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A en el RECURSO de SUPLICACIÓN 0002059/2010, formalizado por el Sr. Letrado D. Ángel Benito Gallardo, en nombre y representación de DON Vidal, contra la sentencia de fecha 11-12-2009, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº 31 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0001398/2009, seguidos a instancia de Vidal

frente a FERRAYADOS Y ESCTRUCTURAS SA, siendo emplazado el FOGASA, en reclamación por CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente en cuyo fallo se desestimaba la demanda interpuesta y se absolvía a la demandada de los pedimentos deducidos en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

  1. La parte actora ha prestado servicios para la demandada desde 27 de noviembre de 2000, con la categoría de oficial 1ª, percibiendo la suma de 2.196,32 euros brutos mensuales con prorrata de pagas extras.

  2. Que con fecha 25 de noviembre de 2008 la empresa demandada notificó por escrito la decisión de proceder a la extinción del contrato de trabajo con fecha de efectos de 25 de noviembre de 2008.

  3. El trabajador no ha acreditado el impago por la demandada del salario de noviembre por importe de 1.708,33 y de parte proporcional de la paga extraordinaria de navidad de 2008, 1.214,16 Euros, lo que totaliza un monto final de 2.922,49 euros.

  4. Se ha intentado la previa conciliación.

TERCERO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte actora y tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte. Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma y nombrado Magistrado- Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y...

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