STSJ Galicia 2763/2010, 3 de Junio de 2010

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2010:5215
Número de Recurso489/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2763/2010
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0000489 /2010 -ESF

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ALICIA CATALÁ PELLÓN

A CORUÑA, TRES DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ .

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000489 /2010 interpuesto por CONSELLERIA DO MEDIO RURAL contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de LUGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. EMILIO FERNANDEZ DE MATA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Rosendo en reclamación de CESION ILEGAL siendo demandado CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. (SDAD. UNIPERSONAL) (TRAGSATEC), EMPRESA DE TRANSFORMACION AGRARIA, S.A. (TRAGSA), SANIDAD Y SERVICIOS GANADEROS, SA (TRAGSEGA) . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000415 /2009 sentencia con fecha veintitrés de Noviembre de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: " PRIMERO.- D. Rosendo, mayor de edad y con D.N.I. n° NUM000, ha prestado sus servicios para la CONSELLERIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA como veterinario colaborador en la identificación y registro del ganado bovino, desde el 28 de abril de 1998 hasta el 1 de abril de 2006. Posteriormente ha suscrito varios contratos de trabajo con las demandadas TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. (TRAGSA) en fecha 1 de abril de 2006, SANIDAD ANIMAL Y SERVICIOS GANADEROS S.A. (TRAGSEGA) en fechas 15 de mayo de 2006 y 2 de enero de 2007 y TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. (TRAGSATEC), en data 1 de enero de 2009. El contenido de los contratos mencionados, que se hallan unidos a las presentes actuaciones y se dan por expresamente reproducido. SEGUNDO.- El actor durante la vigencia de los aludidos contratos ha prestado servicios para la CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS DE LA XUNTA DE GALICIA, bien como veterinario colaborador o en el Servicio Provincial de Calidad Ambiental de Lugo. TERCERO.- El demandante no recibe ni ha recibido órdenes ni instrucciones de servicio por parte de las codemandadas TRAGSEGA y TRAGSA durante todo este tiempo. Las órdenes de trabajo le son dadas por el Jefe de Sección de la Consellería. El trabajo que desarrolla es el de veterinario, siendo fundamentalmente sus tareas las siguientes, debiendo diferenciar los dos periodos, cuando era veterinario colaborador y cuando ha prestado sus servicios en el Servicio Provincial de Calidad Ambiental de Lugo: Hasta el 15 de mayo de 2006, como veterinario colaborador de la Xunta de Galicia en materia de identificación animal: Identificar los animales antes de que cumplieran los 20 días con dos crotales auriculares que contengan el n° individual de identificación. Darlos de alta en el libro de explotación de la ganadería donde nacen, indicando: fecha de nacimiento, n° de identificación de la madre, n° de identificación individual del ternero, firma, fecha y sello. Cotejado de las copias del certificado sanitario de la explotación ganadera (carta verde), documento necesario para los ganaderos en el caso de vender algún animal. Dar de alta al animal e inscribirlo en el programa informático de la Consellería. Descargar diariamente los datos de Internet (teléfono móvil) en la base de datos de la Consellería -esto también servia para actualizar el programa informático instalado en el ordenador portátil con las nuevas altas y bajas. Informar a la oficina comarcal sobre incidencias vistas en las visitas realizadas a cada explotación (terneros sin identificar, animales de dudosa procedencia, incumplimiento de la legislación en materia de sanidad animal...).Solicitar a la empresa suministradora AZASA marcas auriculares que los animales perdieron, ya que había que colocarles un nuevo crotal con el mismo n° de identificación que tenían, y la colocación del crotal cuando la empresa suministradora indicada los enviase a nuestra dirección o a una oficina comarcal de la Consellería. Cambiar las marcas antiguas de las vacas adultas por las nuevas marcas auriculares y hacer el cambio en la base de datos y en el libro donde estuvieran inscritas. Cualquiera otra función que les solicitase la Consellería (informar sobre ayudas a pac, informe sobre aves en zonas sensibles de gripe aviar,...). Desde el 15 de mayo de 2006, en el Servicio Provincial de Calidad Ambiental de Lugo, y en relación con el control de licencias que se solicitan para someterlas a dictamen ambiental, en aplicación del Decreto de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de 1961 y/o del nuevo decreto de evaluación de incidencia ambiental, que entro en vigor en julio de 2008 y sustituye el Decreto de 1961, las funciones que desempeña consisten en: Informes técnicos sobre proyectos de actividades agroganaderas, industrias alimentarías, etc. que los Ayuntamientos envían al servicio dentro del procedimiento de licencia de actividad: Informar sobre si necesitan aclarar o completar deficiencias en el proyecto. Informar si esta todo correcto y hace una resolución de dictamen favorable. Informar si la actividad esta sometida o no a su informe. Atender a particulares o llamadas, que tienen proyectos en el servicio para hacer informe, sobre como va su tramitación, explicación sobre lo que tienen que presentar para que continúen tramitándolo, etc. Atender llamadas o particulares sobre cualquier cuestión relacionada con residuos, purines, granjas, contaminación de pozos, ríos, como tramitar una denuncia, teléfonos de contacto, etc. Acompañar a inspectores en visitas a instalaciones agropecuarias, industrias alimentarías,...Dar charlas en cursos y jornadas como experto de la Consellería en aspectos ambientales dentro de ganaderías, industrias alimentarías, gestión de purines, gestión de residuos agroganaderos, y medidas correctoras ambientales en ganaderías e industrias alimentarías. Atender a llamadas de los ayuntamientos sobre aspectos ambientales, gestión de residuos, purines, dudas que tienen sobre si una actividad que solicita licencia de actividad la tienen que enviar a medio ambiento o no. Además de todo lo anterior, también da charlas de información en los Ayuntamientos y colegios Oficiales sobre el nuevo Decreto de evaluación de Incidencia Ambiental. CUARTO .- El actor tiene ubicado su puesto de trabajo en las dependencias del el Servicio Provincial de Calidad Ambiental de Lugo. Su horario de trabajo es el mismo que el del resto de los trabajadores de la oficina, disfruta de vacaciones de manera coordinada con aquellos, de forma que el servicio no se vea afectado. Se las aprueba el Jefe de Servicio, y luego las remite a la codemandada. El material de trabajo del demandante, tanto el fungible como el no fungible, es propiedad de la Consellería. Además el actor consta como usuario dentro de la red informática del el Servicio Provincial de Calidad Ambiental. QUINTO.- Las nóminas del demandante son elaboradas por las codemandadas, que son quienes abonan la retribución y cumple las obligaciones de cotización a la Seguridad Social, tramitando las incapacidades temporales o, cualquier otra gestión derivada de su contrato de trabajo. SEXTO.- TRAGSA es una sociedad estatal de las previstas en el artículo 6.1 a) de la Ley General Presupuestaria, que cumple servicios esenciales en materia de desarrollo rural y conservación de medioambiente, con arreglo a lo dispuesto en la presente Ley. Tiene por objeto: a) La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, forestales, de desarrollo rural, de conservación y protección del medio natural y medioambiental, de acuicultura y de pesca, así como los necesarios para el mejor uso y gestión de los recursos naturales, incluida la ejecución de obras de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español en el medio rural, al amparo de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 16/1 985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español . b) La elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de consultoría y de asistencia técnica y formativa en materia agraria, forestal, de desarrollo rural, de protección y mejora del medio ambiente, de acuicultura y pesca y de conservación de la naturaleza, así como para el uso y gestión de los recursos naturales. c) La actividad agrícola, ganadera, forestal y de acuicultura y la comercialización de sus productos, la administración y la gestión de fincas, montes, centros agrarios, forestales, medioambientales o de conservación de la naturaleza, así como de espacios y de recursos naturales. d) La promoción, desarrollo y adaptación de nuevas técnicas, equipos y sistemas de carácter agrario, forestal, medioambiental, de acuicultura y pesca, de protección de la naturaleza y para el uso sostenible de sus recursos. e) La fabricación y comercialización de bienes muebles del mismo carácter. f) La prevención y lucha contra las plagas y enfermedades vegetales y animales y contra los incendios forestales, así como la realización de obras y tareas de apoyo técnico de carácter urgente o de emergencia. g) La financiación de la construcción o de la explotación de infraestructuras agrarias, medioambientales y de equipamientos de núcleos rurales, así como la constitución de sociedades y la participación en otras ya constituidas, que tengan fines relacionados con el objeto social de la empresa. h) La realización, a instancia de terceros, de actuaciones, trabajos, asistencias técnicas, consultorías y prestación de servicios en los ámbitos rural, agrario,...

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