STSJ Castilla-La Mancha 1241/2010, 27 de Julio de 2010

PonenteASCENSION OLMEDA FERNANDEZ
ECLIES:TSJCLM:2010:2796
Número de Recurso647/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1241/2010
Fecha de Resolución27 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01241/2010

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 59 65 65, 70, 71

Fax:967 59 65 69

NIG: 02003 34 4 2010 0100693

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000647 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000910 /2009 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 002

Recurrente/s:

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s:

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

RECURSO SUPLICACION 0647/2010

Materia:DESPIDO.

Recurrente/s: EUROSERVICIOS BS,S.L(Letrado:Dña.Lourdes Escudero Rojo),D. Salvador . (Procurador:Dña.Ana Isabel Naranjo Torres;Ldo:Dña.Esperanza Bareiro Pereira)

Recurrido/s:SESCAM,CONSEJERIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL, MINISTERIO FISCAL.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL Nº2 de TOLEDO.DEMANDA:910/09.

Magistrado/a Ponente: Ilma. Sra. Dª. ASCENSIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ.

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JESÚS RENTERO JOVER

Dª. ASCENSIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ

Dª. MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS

En Albacete, a veintisiete de Julio de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº1241/10

En el Recurso de Suplicación número 647/10, interpuesto por la representación legal de EUROSERVICIOS BS,S.L y D. Salvador, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número dos de Toledo, de fecha 20/11/09, en los autos número 910/09, sobre DESPIDO, siendo recurrido SESCAM, CONSEJERIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL, MINISTERIO FISCAL.

Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ASCENSIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando parcialmente como estimo la demanda formulada por D. Salvador frente a la empresa EUROSERVICIOS BS, S.L., y la CONSEJERIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL DE CASTILLA LA MANCHA SESCAM, debo declarar y declaro la NULIDAD del despido del actor, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada EUROSERVICIOS BS S.L. a estar y pasar por esta declaración, y a la readmisión inmediata del trabajador con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente a razón de 115,25 euros diarios."

Y estimando la excepción de indebida acumulación de acciones debo absolver y absuelvo a la CONSEJERIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL DE CASTILLA LA MANCHA SESCAM de la acción y pretensiones frente a ésta ejercitadas."

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"PRIMERO.- D. Salvador, cuyas circunstancias personales obran en autos, suscribió con la empresa Euroservicios B. S., S.L. con fecha 10 de agosto de 2005 contrato de duración determinada a tiempo completo, por obra o servicio determinado, siendo definido el objeto del contrato como "Implantación y Mantenimiento de Sistemas Informáticos en el Centro de Salud del SESCAM de Toledo", con la categoría profesional de personal de informática: analista. El contrato de trabajo temporal se convierte en indefinido en fecha 1 de septiembre de 2008, contrato a tiempo completo estando el centro de trabajo en Toledo.

SEGUNDO

El objeto social de Euroservicios B.S., S. L. se concreta en "la fabricación diseño, promoción, comercialización y venta, al por mayor y al por menor, de toda clase de prendas de vestir y artículos de deporte y ocio,...la importación y exportación de toda clase de mercaderías susceptibles de comercialización, la realización de operaciones de comercio exterior o de productos, materias y servicios, así como la representación de empresas nacionales o extranjeras o de participación en otras empresas. La compraventa, instalación, conservación, proyección, asesoramiento, desarrollo y gestión de sistemas de comunicación, informáticos, mantenimientos, cableados, sistemas de redes y de aparatos y elementos de telefonía y cualesquiera otros bienes muebles. En servicios inmobiliarios podrá realizar..."

TERCERO

El actor es destinado en el puesto de trabajo de responsable de Informática en la Gerencia de Urgencias Emergencias y Transporte Sanitario (GUETS), órgano periférico del SESCAM de la ciudad de Toledo, Hospital Virgen del Valle, Carretera de Cobisa sin número, quinta planta.

CUARTO

Las funciones desarrolladas en el ejercicio de su trabajo habitual comprendían los siguientes campos: 1)gestiones con los Servicios Centrales del SESCAM para la modernización y estandarización del material informático de la GUETS y de las UMES; 2) tramitación para el acceso a programas corporativos del SESCAM para las diferentes secciones de la GUETS; 3) Desarrollo de una página web sobre helisuperficies sanitarias, 4) gestiones para la instalación de comunicaciones de voz y de datos en todas las UMES y helipuertos; 5) gestiones para recrear espacios para hacer copias de seguridad en los servidores de los Servicios Centrales para los datos sensibles de la GUETS; 6)Gestiones para los responsables de SSCC para la adquisición de un servidor para el 112 y su instalación; 7)Actualizaciones del programa informático SITRAP; 8)Inclusión de la GUEST en distintos proyectos; 9)gestiones con los servicios centrales para la actualización de la electrónica de red de comunicaciones de los despachos y dependencias de la GUETS.

QUINTO

En el desarrollo de dichas funciones el trabajador disponía de un teléfono móvil número 628 32 08 88 propiedad del SESCAM, ostentaba y usaba del correo electrónico corporativo, y tenía acceso a las aplicaciones corporativas. Al actor se le suscribió por cuenta del SESCAM a un revista técnica Informática y Salud, con franqueo concertado, Asimismo fue invitado a la asistencia a congresos como trabajador del SESCAM, participó en reuniones y comités, y fue invitado para la asistencia a cursos de formación dirigidos a personal informático del SESCAM.

SEXTO

Desde el inicio de la relación laboral las nóminas del actor se pagan por la entidad Euroservicios B. S., S.L. ascendiendo el salario a la cantidad de 3.505,7 # mensuales brutos por todos los conceptos

SÉPTIMO

Trinidad, trabajadora de Euroservicios SB el 30 de enero de 2007 envió un correo electrónico al actor solicitando se le informase sobre los detalles de su "trabajo real, para así poder incluiros en la categoría que mejor se adapte a vuestra situación. Me explico: si vuestro trabajo requiere que solo estéis sentados delante del ordenador, si hacéis salidas a reparar software o hardware o realizáis otra clase de tareas". En el mes de junio de 2008 mandó al actor un correo electrónico solicitando se le indicara "la persona a la que vosotros debéis reportar dentro del SESCAM", así como en agosto de 2008 otro solicitando se le indicara "cual es el trabajo que realizas, es decir una definición breve del trabajo que realizas".

OCTAVO

Para el disfrute de las vacaciones de las Navidades del año 2007 el hoy actor notificó mediante correo electrónico a personal del SESCAM que se tomaría "los días 28 de diciembre de 2007 y del 2 al 4 de enero de 2008". Dicha "comunicación" fue contestada por Eusebio del SESCAM poniendo en su conocimiento que "El 28 de diciembre y el 2 de enero no puede ser que no tuviéramos a nadie de informática, externo o interno en el servicio y es el motivo que el 28 de diciembre estés tú y el 2 Ángel". El actor por la misma vía solicitó saber "cuando puedo disfrutar de los días de vacaciones que aún me quedan por disfrutar del año 2007", y fue contestado por personal del SESCAM "Las vacaciones del año 2007 solo se pueden disfrutar durante el mes de enero de 2008...". Posteriormente el actor solicitó por la misma vía y a personal del SESCAM "disfrutar de los días que me quedan de vacaciones de año 2007 los días 21, 22 25 y 26 de febrero...por favor sino puedo disfrutar de dichas vacaciones avisadme para al menos no perder todo el dinero de la reserva".

En noviembre de 2008 el trabajador mandó mensaje de correo electrónico a Eusebio del SESCAMN "Solicito de vacaciones los días 9, 10,11 y 12 de diciembre. El servicio de informática queda cubierto ya que no coincido con nadie en mis vacaciones". Y fue contestado con el siguiente tenor literal "... me doy por enterado".

En tanto y desde Euroservicios S.B. Trinidad en reiterados mensajes de correo electrónico solicitaba del trabajador la comunicación de las vacaciones "para nosotros también tener constancia de estas"... requiriendo la comunicación de éstas por que "no se si habéis disfrutado del resto en días suelto o no las habéis disfrutado pero necesito saber lo que habéis hecho", y ello con independencia que: "aunque las acordéis con quien tengáis que hacerlo, tenéis que avisarnos a nosotros, que al fin y al cabo somos los que pagamos".

NOVENO

En fecha 15 de diciembre de 2008 Euroservicios BS, S.L. comunica al trabajador:

Muy señor nuestro:

Por la presente le informamos de la incertidumbre en la que nos hayamos en relación a la continuidad de la prestación de nuestros servicios para el Servicio de Salud de Castilla La Mancha.

Si antes del 31 de diciembre de 2008 no obtenemos una respuesta afirmativa sobre la continuidad de la prestación del servicio, daremos por extinguida dicha relación y nos veremos obligados a tramitar su despido con la consiguiente baja en la empresa con efectos de la fecha citada.

Si llega el caso, la cuantía correspondiente a la liquidación de su salario y partes proporcionales, será puesta a su disposición en la fecha indicada.

Rogando firme el duplicado de la presente a los meros efectos de...

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