STSJ Castilla y León , 15 de Septiembre de 2000

PonenteMARIA BEGOÑA GONZALEZ GARCIA
ECLIES:TSJCL:2000:4336
Número de Recurso1947/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

estadio, se plantea problema de legitimación y además falta la prueba de la obligación del abono de dichas butacas.

SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a quince de septiembre de dos mil. En el recurso contencioso administrativo numero 1974/98 interpuesto por La Entidad Real Burgos Club de Fútbol S.A.D representada y defendido por el Letrado Don Miguel Ángel Rodríguez Conchausa contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de 22 de julio de 1998 del Ayuntamiento de Burgos referida a la liquidación de los derechos por la instalación de butacas en el Estadio Municipal de Burgos, habiendo comparecido como parte demandada el Ayuntamiento de Burgos representado por el Procurador Don Eugenio Echevarrieta Miguel y defendido por el Letrado Don Santiago Dalmau Moliner.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 17 de noviembre de 1998.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 24 de marzo de 1999 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare el derecho de la recurrente a la liquidación de los derechos correspondientes al uso del mobiliario privativo de la misma que se viene haciendo por el Ayuntamiento demandado en las instalaciones del Plantío por diversas personas físicas, jurídicas, asociaciones desde la temporada 1994/95 o bien el abono de su importe de las mismas que asciende según auditoria a 23.726.000 pesetas con lo demás que proceda y con expresa imposición de costas causadas.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 7 de abril de 1999 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose el día catorce de septiembre de dos mil para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso jurisdiccional la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de 22 de julio de 1998 del Ayuntamiento de Burgos referida a la liquidación de los derechos por la instalación de butacas en el Estadio Municipal de El Plantío de Burgos.

Y la Entidad recurrente el Real Burgos Club de Fútbol S.A.D funda su pretensión en la alegación de que es la propietaria de las butacas instaladas en dicho Estadio, y que dado que las mismas están siendo utilizadas para distintas actividades allí organizadas reclama los derechos correspondientes a tal uso o en su caso el abono del valor de las mismas.

Frente a ello la Corporación demandada invoca en primer...

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