STSJ Comunidad de Madrid 162/2010, 22 de Febrero de 2010

PonenteJUAN MIGUEL TORRES ANDRES
ECLIES:TSJM:2010:1684
Número de Recurso3702/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución162/2010
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Social

RSU 0003702/2009

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00162/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 3702/09

Sentencia número: 162/10

J.G.

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZALEZ ALLER

Presidente

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER JOSE PARIS MARÍN

En la Villa de Madrid, a veintidós de febrero de dos mil diez.

Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 3702/09, formalizado por el/la Sr./Sra. Letrado/a D./ña. ALEJANDRA MAÑUECO BOTO, en nombre y representación de SANIDAD ANIMAL Y SERVICIOS GANADEROS, S.A (TRAGSEGA) contra la sentencia de fecha 24 DE MARZO DE 2009, dictada por el Juzgado de lo Social número 23 de MADRID, en sus autos número 1587/08, seguidos a instancia de DÑA. Palmira frente a la recurrente, en reclamación de DERECHOS, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicho sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

Que la actora viene prestando sus servicios para la empresa demandada TRAGSEGA, cuyo objeto es, entre otros, la realización de todo tipo de actuaciones, trabajos y prestaciones de servicios ganaderos, desde el 3 de febrero de 2003, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, percibiendo un salario mensual de 993,14 #, con prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

Que la relación laboral nació y se formalizó mediante la suscripción de un contrato de trabajo, de duración determinada, en la modalidad de para obra o servicio, suscrito por las partes, el 3 de febrero de 2.003, en el que se estipulaba que la prestación de servicios era para "la realización de los trabajos propios de su especialidad y categoría dentro del Proyecto "Desarrollo de Campaña de Saneamiento Ganadero y Control de Identificación Anualidad 2003" de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, Número de Expediente. 0323121 PC001", pactándose que la duración del contrato será servicio determinado y se extenderá desde el 03.02.2003 hasta la finalización de los trabajos de su especialidad y categoría dentro del servicio objeto del presente contrato."

TERCERO

Que del 02.02.2004 a 31.12.2004, suscribe un contrato de trabajo por obra o servicio determinado con la misma empresa, firmando al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998 de 18 de diciembre . El objeto del contrato consiste en "Desarrollo de la campaña de Saneamiento Ganadero y Control de identificación de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura anualidad de 2004."

CUARTO

Que del 01.02.2005 a 31.12.2005, suscribe un contrato de trabajo por obra o servicio determinado con la misma empresa, firmando al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998 de 18 de diciembre . El objeto del contrato consiste en "Desarrollo de la campaña de Saneamiento Ganadero y Control de identificación. Anualidad de 2005. Servicio de Sanidad de Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura."

QUINTO

Que del 16.01.2006 a 31.12.2006, suscribe un contrato de trabajo por obra o servicio determinado con la misma empresa, firmando al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998 de 18 de diciembre. El objeto del contrato consiste en "DESARROLLO DE LA CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO, CONTROL DE LA LENGUA AZUL Y CONTROL DE IDENTIFICACION, ANUALIDAD 2006. SAGEX-06 (044116 ) ENCARGO DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA."

SEXTO

Que del 01.01.2007 A 31.12.2007, suscribe un contrato de trabajo por obra o servicio determinado con la misma empresa, firmando al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998 de 18 de diciembre. El objeto del contrato consiste en "DESARROLLO DE LA CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO, CONTROL DE LA LENGUA AZUL Y CONTROL DE IDENTIFICACION, ANUALIDAD 2007. SAGEX-07 (0644517 ) SEGLTN CONVENIO DE COLABORACION DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y TRAGSEGA."

El 01.01.2008, suscribe un anexo al anterior contrato de trabajo, por el cual se modifica la cláusula Sexta relativa al objeto del mismo, quedando redactado de la siguiente forma: "CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO, CONTROL DE LA LENGUA AZUL Y CONTROL DE IDENTIFICACION EN EL 2008. POR ENCARGO DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA. ENERO 2008".

SEPTIMO

Que del 14.01.2008 A 30.04.2008, suscribe un contrato de trabajo por obra o servicio determinado con la misma empresa, firmando al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998 de 18 de diciembre. El objeto del contrato consiste en "PRIMER PERIODO CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO, CONTROL DE LA LENGUA AZUL Y CONTROL DE IDENTIFICACION, ANUALIDAD 2008. SAGEX-08 (0644518 ) CLIENTE: LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA."

El 01.05.2008 a 31.07.2008, suscribe una Addenda, en la que se modifica la cláusula sexta del anterior contrato, referida al objeto de la obra o servicio, quedando redactada de la siguiente manera: "PRIMER Y SEGUNDO PERIODO CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO, CONTROL DE LA LENGUA AZUL Y CONTROL DE IDENTIFICACION, ANUALIDAD 2008. SAGEX-08 (0644518) CLIENTE: LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA."

El 01.08.2008 a 13.11.2008, suscribe una Addenda, en la que se modifica la cláusula sexta del anterior contrato, referida al objeto de la obra o servicio, quedando redactada de la siguiente manera: "PRIMER, SEGUNDO Y TERCER PERIODO CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO, CONTROL DE LA LENGUA AZUL Y CONTROL DE IDENTIFICACION, ANUALIDAD 2008. SAGEX-08 (0644518) CLIENTE: LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA."

El 14.11.2008, suscribe una Addenda, en la que se modifica la cláusula sexta del anterior contrato, referida al objeto de la obra o servicio, quedando redactada de la siguiente manera: "PRIMER Y SEGUNDO PERIODO CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO, CONTROL DE LA LENGUA AZUL Y CONTROL DE IDENTIFICACION, ANUALIDAD 2008. SAGEX-08 (0644518) Y CAMPAÑA DE VACUNACION CONTRA LA FIEBRE CATARRAL OVINA FRENTE A LOS SEROTIPOS 1 Y 8. CLIENTE: LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA."

OCTAVO

Que la demandante ha venido desarrollando desde el inicio de la relación laboral el mismo cometido realizando la Campaña de Saneamiento Ganadero en Extremadura, consistiendo sus funciones en:

-Realización de Guías, Cartillas Ganaderas, altas, bajas y confirmación de documentos bovinos.

Suministro de material de oficina.

- Altas y bajas de documentos de identificación de bovinos, confirmar y rechazar movimientos de bovinos.

- Recopilación y desglose en tablas de todos los documentos realizados a diario en las diferentes oficinas subcomarcales y su respectivo archivo.

- Grabación de datos: Partes de vacunaciones de Aujezsky y trabajos de campo de los veterinarios de saneamiento.

- Expedición de documentos para realizar las estadísticas.

- Recogida de documentos para realizar estadísticas.

- Control diario de entradas y salidas de animales.

- Archivo: Recopilar en carpetas individuales todos los documentos relacionados con los ganaderos de la zona.

- Citación de ganaderos.

- Atención y asistencia telefónica.

-Funciones administrativas, tales como fotocopiados, archivo y envío de documento.

Independientemente del objeto de los contratos suscritos, e1 trabajo que la demandante ha realizado viene siendo el mismo, consistiendo en una actividad habitual, constante y permanente dentro de la empresa. NOVENO.- Que en fecha 7 de noviembre de 2008, tuvo lugar el acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con el resultado de sin efecto.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que estimando la demanda promovida por Dª Palmira, frente a la empresa SANIDAD ANILMAL Y SERVICIOS GANADEROS, S.A. (TRAGSEGA), debía declarar como así declaro el derecho de la demandante a que se le reconozca trabajadora por tiempo indefinido, con antigüedad de 3 de febrero de 2003, condenado a la demandada a estar y pasar por esta declaración, acatándola y cumpliéndola".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandada, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR