STSJ Comunidad Valenciana 524/2010, 16 de Febrero de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución524/2010
Fecha16 Febrero 2010

Rec. C/ Sent núm. 1468/2009

Recurso contra Sentencia núm. 1468/2009

Ilma. Sra. Dª Isabel Moreno De Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Ramón Gallo Llanos

Ilma. Sra. Dª María Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a dieciséis de febrero de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 524/2010

En el Recurso de Suplicación núm. 1468/2009, interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2008, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 577/2008, seguidos sobre CANTIDAD, a instancia de AGRÍCOLA DE CATADAU S.COOP.V., representada por el Letrado D. Francisco José Pardo Mateu, contra FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Ramón Gallo Llanos

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 15 de diciembre de 2008, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando en parte la demanda deducida por la empresa AGRÍCOLA DE CATADAU S. COOP. V., contra el FOGASA, debo condenar y condeno al FOGASA a reintegrar a la empresa la cantidad de 877,14 euros.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- AGRÍCOLA DE CATADAU, S. COOP V ., demandante en el presente procedimiento, despidió en fecha ocho de julio de 2.007 a la trabajadora doña Virginia, alegando en apoyo de su decisión la concurrencia de causas económicas de tipo objetivo ( folio 21 ) . Como fecha de extinción del contrato se fijaba el ocho de agosto de 2.007 .- En esa misma fecha empresa y trabajadora suscribieron un documento en el que la señora Virginia mostraba su conformidad con la extinción del contrato por amortización de su puesto de trabajo y se comprometía a no presentar demanda ante los Tribunales de lo Social ( folio 22 ) .- A la fecha del cese la señora Virginia percibía un salario día de 39,87 euros.- SEGUNDO.- La señora Virginia, a quien se reconoció por la empresa que a la fecha del cese llevaba prestando servicios en 18 años y tres meses, percibió de la cooperativa la cantidad de 14.081,92 euros correspondientes a indemnización, a razón de veinte días por año de servicio.- TERCERO.- La Cooperativa reclamó del FOGASA el abono del 40% de la indemnización abonada a la señora Virginia que le fue desestimada por Resolución del fecha 28 de noviembre de 2.007 " al tener la empresa afectada mas de 24 trabajadores en el momento de la decisión extintiva ".- CUARTO .- Con carácter subsidiario a la negativa al abono, el FOGASA reconoce como antigüedad de la trabajadora el 17 de diciembre de 2.004, como salario día promediado 33, 25 euros y como importe total de la indemnización 1827,65 euros y en concepto del 40% la suma de 731,06 euros.-QUINTO .- La señora Virginia viene prestando servicios para la SDAD COOP. AGRIC Y CAJ. RURAL desde el año 1984 en virtud de sucesivos contratos . A tenor del informe de vida laboral en ocasiones la prestación lo era sin solución de continuidad y en otros supuestos entre uno y otro contrato la señora Virginia percibía prestación de desempleo .- En fecha 31 de agosto de 2.004 cesó en uno de los contratos, iniciando el siguiente en fecha 17 de diciembre de 2.004 .- SEXTO .- AGRÍCOLA DE CATADAU S. COOP VALENCIANA cuenta con tres códigos de cuenta de cotización una del régimen general, otra del régimen agrario y una tercera del especial de manipuladores . - a fecha ocho de julio de 2.007 en una cuenta de cotización había diez trabajadores y en la treinta y dos . - a fecha ocho de agosto de 2.007 en una cuenta de cotización contaba con diez afiliados y en otro cuatro. - En fecha uno de enero de 2.007 contaba con 133 trabajadores en alta, en febrero 102 trabajadores, en marzo 89 trabajadores, en abril 16 trabajadores, en mayo 112 trabajadores, en junio 113 trabajadores . A uno de julio de 2.007 contaba con setenta y cuatro trabajadores . En septiembre de 2.007 habían 74 trabajadores en alta y en octubre 122 trabajadores .SÉPTIMO.- El nueve de junio de 2.008 se interpuso demanda por la Cooperativa en solicitud de reintegro por el FOGASA de la cantidad de 5.632,77 euros ( 40% de la indemnización abonada ) .".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora, habiéndose impugnado en debida forma por la parte demandada. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. Por la actora, AGRÍCOLA DE CATADAU, SOCIEDAD COOPERATIVA VALENCIANA, se interpuso demanda frente al FOGASA en reclamación de 5.623, 77 euros correspondientes al cuarenta por ciento de la indemnización abonada por la actora a la trabajadora, DOÑA Virginia, a consecuencia del cese por causa objetiva de la misma, tratándose la actora de una empresa de menos de 25 trabajadores a la fecha...

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