STSJ Navarra , 21 de Septiembre de 2001

PonenteJOSE LUIS RIUDAVETS GONZALEZ
ECLIES:TSJNA:2001:1457
Número de Recurso1876/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JUAN A. FERNANDEZ FERNANDEZ MAGISTRADOS, D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA D. JOSE L. RIUDAVETS GONZALEZ En Pamplona, a veintiuno de septiembre de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1876/98, promovido contra resolución nº 4.674/1998 de 11 de Agosto, del Tribunal Administrativo de Navarra, en la que se estiman los Recursos de alzada interpuestos por D. Julián y otros, anulando los acuerdos de la Junta General del Valle de Roncal, sobre adjudicación de Trozos y Puertos, siendo en ello partes: como recurrente LA JUNTA GENERAL DEL VALLE DE RONCAL representada por el Procurador Sr. Beunza y dirigida por el Letrado Sr. Iruretagoyena; como demandado GOBIERNO DE NAVARRA representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado y como Coadyuvante D. Julián representado por la Pprocuradora Sra Muñiz y dirigido por la letrado Sra Beaumont.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Tribunal Administrativo de Navarra, por resoluciónnº 4674, de 11 de agosto de 1998, resolvió los recursos de alzada, acumulados, números 2970/94, 2.911/95, 2845/96 y 2.107/97,interpuesto frente a los acuerdos de la Junta General del Valle del Roncal, de fechas 16-6-94, 27-4-95, 30-5-96 y 25-4-97 estimando los mismos y anulando , por contrarios al ordenamiento jurídico, los citados acuerdos referidos a la adjudicación del aprovechamiento de Trozos y Puertos.

SEGUNDO

Frente a la citada Resolución 4.674, la Junta General del Valle del Roncal interpone el presente recurso contencioso-administrativo, solicitando en el suplico de su demanda que se revoque aquella resolución y, subsidiariamente, la estimación parcial del recurso,limitándose al de alzada 2970/94, interpuesto pro D. Julián , contra acuerdo de la Junta de 10 de Junio de 1994,desestimándose los demás recursos acumulados.

La Administración demandada se opone a las pretensiones de la parte actora y solicita la desestimación íntegra del recurso.

TERCERO

Por Diligencia de Ordenación, de 2 de diciembre de 1998,se tiene por comparecido en tiempo y forma a la Procuradora, Sra Muñiz, en nombre y representación de D. Julián en calidad de parte coadyuvante, quien formula contestación a la demanda, solicitando la desestimación del recurso interpuesto por la Junta General del Valle de Ronca.

CUARTO

Recibido el recurso a prueba se admitieron practicaron la de carácter documental y confesoria, a propuesta de la parte actora , y la documental, propuesta por la parte coadyuvante, con el resultado que consta en autos, tramitándose seguidamente la fase de conclusiones, en que cada parte mantiene sus pretensiones iniciales, con lo que el pleito quedó concluso.

Por providencia de 1 de septiembre de 2.001, se señaló para votación y fallo, el día 19, del mismo mes y año.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE L. RIUDAVETS GONZALEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Ley 391, de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, aprobada por Ley 1/1973, de 1 de marzo, conocido como Fuero Nuevo, se refiere al "Dominio conceller" y dice: "El patrimonio forestal y cualesquiera otras propiedades, aprovechamientos o derechos...

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