STSJ Galicia , 23 de Diciembre de 2004
Ponente | JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA |
ECLI | ES:TSJGAL:2004:6209 |
Número de Recurso | 2145/2004 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación núm. 2145/04, interpuesto por Dª Andrea contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 5 de Vigo, siendo Ponente el ILMO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Andrea en reclamación de INCAPACIDAD, siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 440/03 sentencia con fecha 3 de marzo de 2004, por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1º.-Doña Andrea , con D.N.I. nº NUM000 , nacida el día 28.02.1961 y de profesión camarera, afiliada con el número NUM001 al Régimen General, solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social la declaración de invalidez permanente, siéndole denegada por no encontrarse en dicha situación en ninguno de los grados legalmente previstos, ante cuya decisión interpuso reclamación previa, sin que el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contestase a tal reclamación. El Equipo de Valoración de Incapacidades emitió a 18.02.03 su juicio clínico laboral.- 2º.- Tiene la demandante carencia suficiente y una base reguladora 568,18 euros. Padece las siguientes enfermedades o lesiones derivadas de enfermedad común: Oído Derecho: Hipoacusia perceptiva con caída en agudos y una pérdida de un 56%.- Oído izquierdo: Hipoacusia perceptiva con caída en agudos y una pérdida de un 58%.- Audiometría vocal sin audífonos: máximo de discriminación a 70 dB de intensidad con cascos y a 80 dB en campo libre de un 80%.-Diagnóstico: hipoacusia neurosensorial bilateral.- Tratamiento: Usa audífono intracanal en ambos oídosdesde hace un año consiguiendo una discriminación de un 95% a 60 dB de intensidad en campo libre y en ambiente sin ruidos. En ambiente de ruidos refiere mala inteligibilidad y acúfenos en oído derecho".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo: Desestimando la demanda interpuesta por DOÑA Andrea , contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a este demandado de todos los pedimentos de la demanda".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados...
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