STSJ Asturias 2118/2007, 11 de Mayo de 2007

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2007:2648
Número de Recurso2325/2006
Número de Resolución2118/2007
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº: 2118/07 ILTMOS. SRES.

D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ

Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ

Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES

En OVIEDO a once de Mayo de dos mil siete, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los

Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguienteSENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 2325/2006, formalizado por el Letrado JOSE RAMON BALLESTEROS ALONSO, en nombre y representación de Eusebio , contra la sentencia de fecha diez de abril de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de AVILES en sus autos número DEMANDA 64/2006, seguidos a instancia de Eusebio frente a INSS, parte demandada representada por el Letrado SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha diez de abril de dos mil seis por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes: 1º.- El actor, D. Eusebio , nacido el 16-08-60, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , dentro del Régimen General, con la categoría profesional de Ayudante de Camarero.

  1. - Seguidas actuaciones administrativas en materia de invalidez permanente, fueron resueltas el 5-10-05 por la Dirección Provincial de Asturias del Instituto demandado previa propuesta de la Comisión de Evaluación de Incapacidades, declarando que el actor no está afectado de invalidez permanente. La reclamación previa fue desestimada el 19-12-05.

  2. - El actor padece las siguientes dolencias: SINDROME COMPARTIMENTAL CRÓNICO DE ANTEBRAZO DCHO I.Q. EN JULIO 2002. TAQUICARDIA PAROXISTICA SUPRAVENTRICULAR. TRANSTORNO DE ADAPTACIÓN. POLIGLOBULIA RELATIVA.

  3. - El reconocimiento por la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades se practicó el 02- 08-05. 5º.- La base reguladora para las prestaciones que se reclaman asciende a la cantidad de 614,27 euros mensuales.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, no siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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