STSJ País Vasco 617/2007, 24 de Octubre de 2007

PonenteJOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
ECLIES:TSJPV:2007:4122
Número de Recurso1156/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución617/2007
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUMERO 617/07

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON ANGEL RUIZ RUIZ

MAGISTRADOS:

DON LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA

DON JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

En BILBAO, a veinticuatro de octubre de dos mil siete.

La Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1156/06 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la resolución de 24 de julio de 2006 del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, desestimatoria del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la resolución de 24 de junio de 2006 por la que se concede y ordena el pago de la prima por vaca nodriza de la campaña 2004

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE: Jose Pablo , representado por la Procuradora MARGARITA BARREDA LIZARRALDE y dirigido por el Letrado ALICIA RUIZ DE INFANTE.

- DEMANDADA: ADMINISTRACION GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO, representado y dirigido por el LETRADO DEL GOBIERNO VASCO.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 27 de septiembre de 2006 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. MARGARITA BARREDA LIZARRALDE actuando en nombre y representación de Jose Pablo , interpusorecurso contencioso-administrativo contra la resolución de 24 de julio de 2006 del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, desestimatoria del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la resolución de 24 de junio de 2006 por la que se concede y ordena el pago de la prima por vaca nodriza de la campaña 2004; quedando registrado dicho recurso con el número 1156/06.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que:

- Anule, revoque y deje sin efecto la resolución impugnada del Director de Agricultura y Ganadería del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, de fecha 24 de julio de 2006, por la que se desestima el recurso de revisión interpuesto por su mandante contra la resolución de fecha 24 de junio de 2005.

- Condene a la demandada a abonar la cantidad de 16.480 euros, más el interés legal correspondiente.

Con imposición de costas a la parte demandada.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo, y, subsidiariamente, desestimando el recurso interpuesto en todos sus pedimentos declarando la conformidad a derecho de la resolución administrativa impugnada.

CUARTO

Por auto de 13 de febrero de 2007 se fijó como cuantía del presente recurso la de 16.480 euros.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las admitidas con el resultado que obra en autos.

SEXTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEPTIMO

Por resolución de fecha 10/10/07 se señaló el pasado día 16/10/07 para la votación y fallo del presente recurso.

OCTAVO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Jose Pablo , representado por la Procuradora Doña Margarita Barreda Lizarralde, la resolución de 24 de julio de 2006 del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, desestimatoria del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la resolución de 24 de junio de 2006 por la que se concede y ordena el pago de la prima por vaca nodriza de la campaña 2004.

El recurrente solicitó la prima por vaca nodriza al amparo de la Orden de 18 de marzo de 2004 del Consejero de Agricultura y Pesca de adaptación para la campaña 2004 del Decreto 86/2003, de 8 de abril , instruyéndose el expediente por la Diputación Foral de Gipuzkoa, recayendo resolución del Director de Agricultura y Ganadería del Departamento de Agricultura Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco de 24 de junio de 2005 por la que se le concedió un ayuda de 3.800 # en atención a la superficie forrajera declarada de 9,52 hectáreas, resolución contra la que interpuso recurso de alzada el 2 de febrero de 2006, y, pendiente de resolución, dirigió nuevo escrito a la Administración el 29 de junio de 2006 aportando nuevos documentos posteriores a la fecha de interposición del recurso de alzada que a su juicio evidenciaban el error de dicha resolución, interesando de la Administración que fuera admitido el recurso de alzada interpuesto como recurso extraordinario de revisión, lo que fue rechazado por la resolución objeto del presente recurso argumentando que la documentación presentada por el interesado no pone de manifiesto la existencia de error en la resolución de 24 de junio de 2005, ya que únicamente acredita que en la declaración de superficies efectuada por el interesado en el año 2004 no se hacía constar superficie comunal alguna, de forma que la resolución se atuvo a los datos que figuraban en la propia declaración del interesado sin dejar de declarar superficie alguna.

El recurrente pretende la anulación de dicha resolución y el reconocimiento de su situación jurídicaindividualizada interesando de la Sala un pronunciamiento de condena de la Administración demandada al pago de 16.480 # más el interés legal correspondiente.

Alega en fundamento de tales pretensiones que el 17 de febrero de 2004 solicitó la ayuda para la explotación de vacas nodrizas, presentando con dicha solicitud la declaración de superficies forrajeras, en la que se hizo constar expresamente una nota del siguiente tenor literal "pendiente de incorporar la superficie correspondiente a comunal", siéndole concedida por la resolución de 24 de junio de 2005 un ayuda de 3.800 #, que se calcula teniendo en cuenta una superficie forrajera de 9,52 hectáreas y computando en consonancia con la misma únicamente 19 animales en lugar de los 68 animales solicitados. A la vista de dicha resolución el recurrente llevó a cabo gestiones ante el Departamento de la Diputación Foral de Gipuzkoa que tramitó el...

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