STSJ La Rioja 266/2009, 28 de Julio de 2009
Ponente | MARIA ELENA CRESPO ARCE |
ECLI | ES:TSJLR:2009:516 |
Número de Recurso | 216/2008 |
Número de Resolución | 266/2009 |
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 266 /2009
En la ciudad de Logroño a 28 de julio de 2009.
Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, a instancia de Dª Apolonia Y D. Ángel Daniel , en su propio nombre y derecho, bajo la dirección letrada de don Pedro Prusen de Blas, siendo demandada la CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y POLÍTICA LOCAL DEL GOBIERNO DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Sr. Abogado del Gobierno.
Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 31/2008, de 11 de abril , dictado por la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local del Gobierno de La Rioja por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y contra la Resolución de 25 de junio de 2.008, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se da publicidad a los anexos I y II de las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Comunidad Autónoma de La Rioja, actualizados a 24 de junio de 2.008, y corrección de errores publicada en el B.O.R. de 12 de julio de 2.008.
Se interpone este Recurso además contra los actos de aplicación de los Decretos 109/2007, de 27 dejulio; Decreto 44/2006, de 30 de junio ; Decreto 74/2005, de 23 de diciembre ; Decreto 69/2005, de 18 de noviembre ; Decreto 45/2004, de 23 de julio ; Decreto 14/2004, de 20 de febrero y sus respectivos Anexos.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada y a las demás partes personadas, para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideraron pertinentes, las partes demandadas terminaron suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 23 de junio de 2009; por razones de organización de la Sala, la deliberación se llevó a cabo el día 30 de junio de 2.009 .
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia dada la complejidad de éste y otros asuntos que penden sobre el Magistrado ponente.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Señora Dª María Elena Crespo Arce (suplente) .
Es objeto de impugnación en el presente procedimiento el Decreto 31/2008, de 11 de abril , dictado por la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local del Gobierno de La Rioja por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los recurrentes extienden el objeto del presente Recurso a los actos de aplicación de los Decretos 109/2007, de 27 de julio; 44/2006, de 30 de junio; 74/2005, de 23 de diciembre; 69/2005, de 18 de noviembre; 45/2004, de 23 de julio; 14/2004, de 20 de febrero; referentes todos ellos a las aprobaciones anteriores al Decreto impugnado de forma directa, de las relaciones de puestos de trabajo.
Se solicita además la ampliación del Recurso contra la Resolución de 25 de junio de 2008 por la que se da publicidad a los Anexos I y II de las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Comunidad Autónoma de La Rioja, actualizados a 24 de junio de
2.008.
Alega la Administración demandada la inadmisibilidad del presente Recurso con respecto a los Decretos 109/2007, de 27 de julio; Decreto 44/2006, de 30 de junio ; Decreto 74/2005, de 23 de diciembre ; Decreto 69/2005, de 18 de noviembre ; Decreto 45/2004, de 23 de julio ; Decreto 14/2004, de 20 de febrero y sus respectivos Anexos, con base en el artículo 69 c) en relación con el 28 de la Ley 29/1998, de 13 de julio al considerar que se trata de actos que son reproducción de otros anteriores definitivos y firmes, por no haberse recurrido en tiempo y forma.
Se trata de una cuestión a analizar antes de entrar en el fondo, excepción que debe ser acogida pues los mencionados Decretos, que los demandantes incluyen en el objeto de este procedimiento, devinieron firmes por no recurridos. Por tanto, se limita el objeto de este pleito al Decreto 31/2008, de 11 de abril , dictado por la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local del Gobierno de La Rioja por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Resolución de 25 de junio de
2.008, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se da publicidad a los anexos I y II de las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Comunidad Autónoma de La Rioja, actualizados a 24 de junio de 2.008, y corrección de errores publicada en el B.O.R. de 12 de julio de 2.008.
Los recurrentes, Letrados de los Servicios Jurídicos Centrales, solicitan su derecho a ser retribuidos en el complemento de destino y en el complemento específico igual que los letrados adscritos a los...
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