STSJ País Vasco 540/2009, 24 de Julio de 2009

PonenteJESUS TORRES MARTINEZ
ECLIES:TSJPV:2009:2734
Número de Recurso937/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución540/2009
Fecha de Resolución24 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUMERO 540/09

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ANTONIO GUERRA GIMENO

MAGISTRADOS:

D. JESUS TORRES MARTINEZ

D. JOSE RAMON BLANCO FERNANDEZ

En BILBAO, a veinticuatro de julio de dos mil nueve.

La Sección 3 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 937/07 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la resolución de la SECCION DE RECURSOS DE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 23 de abril de 2007 por la que estimándose el recurso de alzada interpuesto por la entidad CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, contra la resolución de la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 13 de marzo de 2006 concesiva de la marca nº 2.645.978 "KUTXAMOVILE", en clases 36 y 38 del nomenclátor internacional, se deniega esta, y se acuerde en consecuencia la concesión de la precitada Marca para distinguir servicios de las clases 36 y 38 del nomenclátor internacional de marcas.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE: CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE GUIPUZCOA Y SAN SEBASTIAN representado por la Procuradora Dª. MARIA BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA y dirigido por el Letrado D. GONZALO SEVER CERECEDA.

- DEMANDADA: MINISTERIO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO-OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS dirigido por el ABOGADO DEL ESTADO.

- OTRO DEMANDADO: CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORAS Y MONTE DE PIEDAD representado por la Procuradora Dª. MARTA EZCURRA FONTAN y dirigido por D. MIGUEL VILLADIEZ.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. JESUS TORRES MARTINEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 10 de julio de 2007 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. MARIA BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA actuando en nombre y representación de CAJA DE AHORROS Y MONTE PIEDAD DE GUIPUZCOA Y SAN SEBASTIAN, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la SECCION DE RECURSOS DE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 23 de abril de 2007 por la que estimándose el recurso de alzada interpuesto por la entidad CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, contra la resolución de la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 13 de marzo de 2006 concesiva de la marca nº

2.645.978 "KUTXAMOVILE", en clases 36 y 38 del nomenclátor internacional, se deniega esta, y se acuerde en consecuencia la concesión de la precitada Marca para distinguir servicios de las clases 36 y 38 del nomenclátor internacional de marcas; quedando registrado dicho recurso con el número 937/07.

SEGUNDO

En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que damos por reproducidos.

TERCERO

En el escrito de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestimen los pedimentos de la actora.

CUARTO

Por auto de fecha 29 de mayo de 2008 se fijó como cuantía del presente recurso la de INDETERMINADA.

QUINTO

El procedimiento no se recibió a prueba por no solicitarlo ninguna de las partes.

SEXTO

Ninguna de las partes ha solicitado la celebración de vista o el trámite de conclusiones.

SEPTIMO

Por resolución de fecha 10.07.09 se señaló el pasado día 24.07.09 para la votación y fallo del presente recurso.

OCTAVO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE GIPUZKOA Y SAN SEBASTIAN/GIPUZKOA ETA DONOSTIAKO AURREZKI KUTXA ejercita en el presente proceso la pretensión de anulación de la resolución de la SECCION DE RECURSOS DE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 23 de abril de 2007 por la que estimándose el recurso de alzada interpuesto por la entidad CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, contra la resolución de la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 13 de marzo de 2006 concesiva de la marca nº 2.645.978 "KUTXAMOVILE", en clases 36 y 38 del nomenclátor internacional, se deniega esta, y se acuerde en consecuencia la concesión de la precitada Marca para distinguir servicios de las clases 36 y 38 del nomenclátor internacional de marcas.

La razón de decidir de la resolución impugnada señas que: "CONSIDERANDO: Que el examen de las marcas en conflicto a efectos de la posibilidad de registro solicitada, se debe hacer desde el prisma de compatibilidad de las mismas allá donde van a operar, esto es, en el mercado, y a esta situación hemos de trasladarnos para dar el mayor realismo posible, al análisis comparativo, y en esta línea tenemos que los distintivos enfrentados, >, el de la propietaria, son denominativa y fonéticamente parecidos, y conceptualmente idénticos, lo que, unido a su confluencia aplicativa, genera un riesgo de confusión, incluido asociación, haciéndoles incompatibles; por lo que en este caso es aplicable la prohibición relativa antes expuesta".

SEGUNDO

Sostiene la mercantil demandante, en síntesis, que con fecha 12 de abril de 2005 depositó en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) la solicitud de concesión de la marca nº

2.645.078 KUTXAMOBILE", para designar servicios de las clases 36 y 38 del nomenclátor internacional de marcas, en concreto "servicios de negocios financieros y monetarios; servicios de telecomunicaciones".La Oficina Española de Patentes y Marcas suspendió la tramitación por la oposición presentada por la entidad Caja de España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad en base a las marcas nº

2.118.272 y nº 2.118.273, ambas mixtas, gráfico-denominadas, de objeto la expresión "CAJA MOVIL", en clases 36 y 38 el nomenclátor. La OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS acordó en fecha 13 de marzo de 2006 conceder la solicitud de marca nº 2.645.978 KUTXAMOBILE, interponiéndose recurso de alzada por la entidad Caja de España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad en fecha 8 de mayo de 2006, siendo estimado por la resolución de la SECCION DE RECURSOS DE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 23 de abril de 2007 - aquí impugnada-.

Considera el recurrente, en síntesis, tras relacionar las diversas marcas de las que es titular para designar servicios de las clases 36 y 38 del nomenclátor internacional de marcas que incorporan en sus objetos como elemento principal el termino "KUTXA", que resulta evidente que el objeto de la marca de referencia KUTXAMOBILE, constituida por un único termino, incorpora el objeto...

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