STSJ Galicia 3665/2009, 15 de Julio de 2009
Ponente | JOSE MARIA CABANAS GANCEDO |
ECLI | ES:TSJGAL:2009:6950 |
Número de Recurso | 1172/2009 |
Número de Resolución | 3665/2009 |
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 0001172 /2009 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del JDO. DE LO
SOCIAL nº 002 de PONTEVEDRA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. JOSE MARIA CABANAS GANCEDO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Víctor en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000290 /2008 sentencia con fecha doce de Diciembre de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
D. Víctor , con DNI nº NUM000 nacido el día 20-12-1951 y de profesión profesor de autoescuela afiliado con el numero NUM001 al Régimen General de la Seguridad Social, solicitó ante el INSS la declaración de invalidez permanente, siéndole reconocida en el grado de absoluta, ante cuya decisión interpuso reclamación previa, desestimada en resolución de 27-2-2008 su juicio clínico laboral./
Tiene el demandante carencia suficiente y una base reguladora de 643,66 euros. Padece las siguientes enfermedades o lesiones derivadas de enfermedad común: el 24 de abril de 2007 disección aórtica, con lesión medular secundaria, el 24 de abril de 2007, realizando sustitución aórtica por prótesis deDracon; traslado a la Unidad de lesionados medulares del Juan Canalejo el 16 de mayo de 2007; paraplejia incompleta sensitiva a nivel D5; úlcera por presión a nivel.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. Víctor contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL declaro que la demandante se encuentra en situaicón de invalidez permanente en el grado de gran invalidez y, en consecuencia, condeno al instituto demandado al abono de una pensión vitalicia del 150% de la base reguladora declarada probada, todo ello en las condiciones y con los efectos legal y reglamentariamente previstos.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Cantabria 631/2014, 18 de Septiembre de 2014
...total de la capacidad ambulatoria, que obligaba al desplazamiento en silla de ruedas. En el mismo sentido se pronuncia la STSJ de Galicia de 15-7-2009 (Rec. 1172/2009 ). En el presente caso, en atención a los datos que obran en el informe público de valoración, debe considerarse que el esta......