STSJ Comunidad de Madrid 612/2009, 11 de Septiembre de 2009

PonenteIGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
ECLIES:TSJM:2009:9350
Número de Recurso2988/2009
Número de Resolución612/2009
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00612/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 2.988/09

Sentencia número: 612/09

F.

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

-PRESIDENTEIlmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilma. Sra. Dª. MARÍA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

En la Villa de Madrid, a ONCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de

diciembre de 1.978 ,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación número 2.988/09, formalizado por el Sr/a. Letrado/a Dª. MARÍA ELVIRA MARCOS PALMA, en nombre y representación de Dª. Petra contra la sentencia de fecha NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE, dictada por el Juzgado de lo Social número 14 de MADRID, en sus autosnúmero 1341/08, seguidos a instancia de RECURRENTE frente a SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL, T.V.E., S.A., CREEKS-BAY PROMOCIONES, S.L., BAI PROMOCIÓN DE CONGRESOS, S.A., BPA BROADCASTING PRODUCTION ASSOCIATED S.L., CO. DE SERVICIOS, S.A. Y RANDSTAD PROYECT SERVICES, S.L., en reclamación de DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

La actora Doña Petra ha sido contratada por las empresas y en los períodos que a continuación se relacionan, desde el 11 de septiembre de 2006, con inclusión de períodos de prestación por desempleo:

El 11-9-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

Del 12-9-06 al 13-9-06 en régimen de artistas por TVE S. A.

Del 15-9-06 al 16-9-06 en régimen de artistas por TVE S. A.

Del 18-8-06 al 19-9-06 en régimen de artistas por TVE S. A.

Del 22-9-06 al 24-9-06 en régimen de artistas por TVE S. A.

El 27-9-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

El 30-9-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

Del 2-10-06 al 4-10-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

El 7-10-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

Del 9-10-06 al 11-10-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

El 14-10-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

El 16-10-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

El 18-10-06 en régimen de artistas por TVE S.A.

Del 20-10-06 al 21-1.0-06.

Del 22-10-06 al 13-11-06 percibió prestación por desempleo.

Del 14-11-06 al 17-11-06 en el régimen general por Maker Actions T.V. S.L.

Del 20-11-06 al 23-12-06 en régimen general para BPA Broadcasting Production Associated S.L.

Del 24-12-06 al 19-01-07 percibió prestación por desempleo.

Del 20-1-07 al 27-1-07 en régimen general para Eurostar Producciones S.L.

Del 28-1-07 al 15-5-07 percibió prestación por desempleo.

Del 16-5-07 al 27-7-07 en régimen general para Peolsa S.L.Del 14-8-07 al 30-8-07 en régimen general para BPA Broadcasting Production Associated S.L.

El 19-9-07 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

Del 24-9-07 al 26-9-07 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

El 28-9-07 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

Del 11-10-07 al 3-10-07 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

Del 4-10-07 al 5-10-07 en régimen general para Co. De Servicios S.A.

Del 8-10-07 al 21-10-07 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

Del 22-10-07 al 25-10-07 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

Del 29-10-07 al 8-11-07 en régimen general para Co. De Servicios S.A.

Del 24-12-07 al 31-12-07 en régimen general para Eurostar Producciones S.L.

Del 7-1-08 al 11-1-08 en régimen general para BPA Broadcasting Production Associated S.L.

El 14-1-08 en régimen general para BPA Broadcasting Production Associated S.L.

Del 31-1-08 al 28-2-08 en régimen general para Co.De Servicios S.A.

Del 2-3-08 al 19-3-08 en régimen general para Co. De Servicios S.A.

Del 24-3-08 al 28-3-08 en régimen general para Co. De Servicios S.A.

Del 15-4-08 al 16-4-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

Del 1-4-08 al 26-4-08 en régimen general para Co. De Servicios S.A.

El 28-4-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

El 12-5-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

El 21-5-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

El 26-5-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

El 28-5-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

Del 5-5-08 al 29-5-08 en régimen general para Co. De Servicios S.A.

El 4-6-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L.

El 11-6-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S.L. (documental demandada)

El 16 y 17 de junio de 2008 en régimen general para Creek-Bay Promociones. S.L.

El 23-6-08 en régimen general para Creek-Bay Promociones S_L.

La mayoría de los trabajos para los que fue contratada consistían en tareas de Secretaria de Producción, en horario de 8 a 15 horas, como el resto del equipo de producción (testifical Sra. Clemencia , Sr. Jorge y Sr. Porfirio ), si bien en ocasiones también desempeñaba trabajos, en horario de tarde, como azafata de diferentes programas.

Percibía una remuneración mensual con prorrata de pagas extras de 900 euros.

SEGUNDO

Como Secretaria de Producción efectuaba las siguientes funciones: Comprobar y revisarlas cintas que van a emitirse, coordinaba la oficina, controlaba costos y citaciones, preparaba contratos, realizaba pedidos de material, control de incidencias, gestión interna, etc.-Como azafata supervisaba y asistía a los invitados de los programas.

En su condición de Secretaria de Producción ejecutaba sus tareas bajo las órdenes y supervisión directa del productor del programa que era personal de TVE S.A., sin que nunca recibiese ninguna instrucción de la empresa empleadora La relación se establecía directamente con la producción del programa (testificales Doña. Clemencia , Don Jorge Don. Porfirio y documento 1 de TVE S.A.).

TERCERO

El 15-10-02 la Sociedad Estatal Televisión S.A. y Co de Servicios S.A celebran contrato cuyo objeto principal es la prestación de servicios auxiliares a la producción de programas de televisión tales como servicios de carga, descarga y traslado de material; atención telefónica de llamadas, atención al público, mantenimiento de vestuario, caracterización y peluquería, subtitulación. Con vigencia hasta el 14-10-03, con posibilidad de prórroga anual. Se preveía el nombramiento de encargado general por contratista con responsabilidad para la ejecución desarrollo del contrato.

Contrato con igual contenido y características se suscribe entre TVE S.A. y BPA Broadcast Production Associated S.L. el 16-9- 02 y con vigencia hasta el 15-9-03. El 18-2-04 se modifican las tarifas del contrato con efectos de 1-1-04. El 8-8-087 se prorroga vigencia hasta el 31-1-07. Se desconoce el nombre del encargado general designado.

TVE SA ha remitido cartas a Co de Servicios S.A. y BPA Broadcast Production Associated S.L. resolviendo el contrato vigente a fecha 21 de octubre 2008. (Docs 6 y 9 TVE S.A.), y otras dos misivas a Creek-Bay S.L. y Bai Promoción de Congresos S.A. para manifestar que no van a demandar ningún otro servicio.

CUARTO

Desde el 4 de junio de 2008 la actora participó como Secretaria de Producción, contratada por Co. De Servicios, en la producción del programa "Comecaminos", bajo las instrucciones de Clemencia , como productora, hasta que ésta causo baja laboral. El programa terminó de grabarse en diciembre de 2008, y a partir de septiembre en que cesa incorporó otra Secretaria de producción.

Los medios materiales que empleaba la actora para el desarrollo de su trabajo se facilitaban por' TVE S.A., recibía las órdenes de la producción del programa, con igual horario que el resto del equipo de producción, y disfrutaba las vacaciones de acuerdo con la propuesta de la producción, en concordancia y ajuste con los demás miembros del equipo, no existiendo ninguna persona de la empresa empleadora que participase en funciones de coordinación. El centro de trabajo se encontraba en las instalaciones de TVE S.A.

QUINTO

El día 30 de septiembre de 2008 la actora, al incorporarse a su trabajo en el programa "Comecaminos" recibe la comunicación por persona de producción de que no son necesarios sus servicios a partir del día siguiente. El día 1 de octubre, acudió a su puesto de trabajo acompañada por Don. Porfirio , como representante de los trabajadores, manifestándosele que no fuese a trabajar (testifical y Doc. 57). Es habitual que se realice esa verificación por parte de algún representante de los trabajadores.

SEXTO

La actora remitía partes de trabajo sobre el horario y programa en que había prestado servicios a Co. De Servicios S.A. (docs. 15 a 30, 32 a 34, 37, 39, 41 a 51 de la actora).

El último día que realizó trabajos para Creek-Bay Promociones S.L. fue el 23-6-08 y por ese solo día, como azafata.

SÉPTIMO

La actora había presentado papeleta de conciliación el 18-7-08 frente a las empresas demandadas para que se reconociese la existencia de cesión ilegal...

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