STSJ Castilla y León 1483/2009, 7 de Octubre de 2009

PonenteRAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
ECLIES:TSJCL:2009:5589
Número de Recurso1483/2009
Número de Resolución1483/2009
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01483/2009

Rec. Núm: 1483/09

Ilmos. Sres.

D. Emilio Álvarez Anllo

Presidente Sección

Dª Mª Carmen Escuadra Bueno

D. Rafael A. López Parada /

En Valladolid a siete de Octubre de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 1483 de 2.009, interpuesto por Benito contra sentencia del Juzgado de lo Social Nº Uno de Palencia (Autos: 116/09) de fecha 5 de Junio de 2009, en demanda promovida por referido actor contra CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON Y Hipolito sobre DERECHO Y CANTIDAD, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Rafael A. López Parada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha de de se presentó en el Juzgado de lo Social de Número demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:" 1°.- El actor D. Benito , mayor de edad y con DNI NUM000 suscribió el 19-6-2006 un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo de interinidad con la Junta de Castilla y León, Delegación Territorial de Palencia, contrato del que destacan, a los fines de este procedimiento las siguientes cláusulas:- La persona contratada prestará sus servicios como peón montes incluido en el grupo profesional, categoría o nivel Grupo 5.

- La jornada de trabajo será a tiempo completo según Convenio Colectivo y calendario laboral vigente.

- Lq duración del presente contrato se extenderá desde 19-6- 2006 hasta...

- El trabajador percibirá una retribución por todos los conceptos según Convenio Colectivo vigente e incrementos que legalmente procedan.

- El contrato de duración determinada se celebra para sustituir al trabajador Severino siendo la causa: "sustituir a trabajadores con reserva de puesto de trabajo. Cuanto se trate de plazas de RPT, el contrato podrá extenderse o bien hasta la reincorporación del sustituido o de no producirse ésta hasta la cobertura definit,iva o amortización reglamentaria de la plaza."

- Cláusulas Adicionales:

-1- El objeto del presente contrato es cubrir el puesto indicado en la Campaña de Prevención y Extinción de Incendio Forestales y se extenderá hasta la cobertura definitiva del puesto de trabajo, la adscripción de un trabajador fijo discontinuo que solicite el reingreso o la amortización reglamentaria del puesto.

-2- El comienzo y fin de la prestación del servicio en cada campaña se comunicará por escrito en el momento que la Administración determine en función de las condiciones climatológicas de la comarca en la que ubique el puesto, de acuerdo con el Art. 123 del Convenio Colectivo de esta Administración.

-3- La jornada se prestará de lunes a domingo según MCION calendario laboral de acuerdo con lo dispuesto en el art. 65 Y 67 del Convenio Colectivo.

-4- Este contrato es para cubrir la baja de Severino que ocupa la plaza NUM001 de Peón de Montes.

Benito causó alta el 19-6-2006 como peón de montes de la Consejería de Medio Ambiente, Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia, en Valcabadillo, puesto NUM001 , con cese el 8-10-2006 por baja en campaña.

  1. - D. Benito causó alta en la citada plaza y servicio el 16-6-2007 con cese el 15-10-2007 por baja en campaña.

  2. - D. Benito causó alta el 16-6-2008 en la plaza NUM001 -ubicación Valcabadillo, con baja el 15-10-2008 por fin de los trabajos para los que había sido contratado.

  3. - D. Benito ha percibido durante la campaña del año 2008 (del 16/6 al 15/10) las siguientes retribuciones brutas:

  4. 1.- Julio 2008

    - Salario base 861,09 euros

    - Complemento específico 64,03 euros

    - Plus categoría 145,22 euros,

    -(R6/62008)

    Salario Base 430,55 euros

    -(R6/2008) Paga Extraordinaria junio 107,13 euros

    -(R6/2008 ) Complemento Específico 32,02 euros

    - (R6/2008) Plus Categoría 72,61 euros- (R6/2008) Atención Continuada 65,28 euros

    1.777,93 euros.

  5. 2.- Agosto 2008

    - Salario base 861,09 euros

    - Complemento específico 64,03 euros,

    - Plus categoría 145,22 euros

    - (R7/2008) Atención Continuada 130,56 euros

    1.200,90 euros.

  6. 3.- Septiembre 2008

    - Salario base 861,09 euros

    - Complemento específico 64,03 euros

    - Plus categoría 145,22 euros

    - (R7/2008) Atención Continuada 228,48euros

    1.298,82 euros.

  7. 4.- Octubre 2008

    - Salario base 416,66 euros

    - Paga extraordinaria diciembre 755,86 euros

    - Complemento específico 30,98 euros

    - Plus categoría 70,27 euros

    - Atención continuada 130,56 euros

    - Liquidación Vacaciones 443,98 euros

    - Liquidación asuntos particulares 181,10euros

    - Horas Extras no Estructurales 41,38euros

    - (R9/2008) Atención continuada 130,56euros

    2.201,35 euros.

  8. - El codemandado D. Hipolito , mayor de edad y con DNI NUM002 presta servicios laborales corno peón de montes, con carácter temporal, adscrito al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia, dentro del Operativo integral de Prevención y Extinción de Incendios forestales, en la localidad de Valcabadillo (Palencia) habiéndose iniciado tal relación el 13-9-2005.

  9. 1.- El Sr. Hipolito ha sido llamado para prestar sus servicios a partir del 16-2-2009 y de forma ininterrumpida hasta al menos el 15-6-2009.

  10. 2.- Tal llamamiento no se ha efectuado a D. Benito ..

  11. - En fecha 13-12-2006, se alcanzó un Acuerdo en la Mesa del Diálogo Social entre la Consej ería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y las Centrales Sindicales CCOO y UGT sobre medidaspara la mejora de las condiciones de trabajo del personal fijo-discontinuo, siendo una de tales medidas la ampliación de la prestación de servicios en puestos ocupados por tal personal y por lo que respecta al área de autobombas (oficial la Conductor y Peón de montes) se acordó aumentar el tiempo de:

    . 22 autobombas de 9 meses (5 meses de verano doble turno y 5 meses un turno).

    . 36 autobommbas de 6 meses (4 meses de verano doble turno y 2 meses un turno)

    . 29 autobombas (4 meses de verano doble turno).

    Fijando como períodos de trabajo en las autobombas los siguientes:

    * 9 meses (autobombas).

    - Período de 4 meses continuando en verano que comprende íntegros julio, agosto y septiembre.

    - Periodo continuado de 3 meses entre 15 de enero y 15 de mayo.

    - El resto del período de contratación estará en función situación de riesgo.

    * 6 meses (autobombas y torres de vigilancia 1ª).

    - Período de 4 meses continuado en verano que comprende íntegros julio, agosto y septiembre.

    - El resto del.'período de contratación estará en función situación de riesgo.

    * 4 meses (autobombas y torres de vigilancia 2a).

    Período de 4 meses continuado en verano que comprende íntegros julio, agosto y septiembre.

    Acuerdo a ejecutar en un plazo de 3 años estableciéndose en:

    * Año 2007:

    - Ampliar el tiempo de trabajo a 4 meses con dos turnos de: 22 autobombas de 9 meses, 36 autobombas de 6 meses y 29 autobombas de 4 meses.

    - Ampliar 2 meses en turno simple a 22 autobombas de 9 meses y a 36 de 6 meses.

    * Año 2008:

    - Ampliar 3 meses a turno simple a las 22 autobombas de 9 meses.

    Recogiéndose en el Anexo relativo a las autobombas:

    - 5 meses (4 meses con doble turno. Resto meses un solo turno): Palencia-Valcabadillo.

    - 9 meses: Palencia-Valcabadillo.

  12. - La Mesa de trabajo formada por personal de las Centrales Sindicales UGT,CC.OO,CSI-CSIF,CGT y representantes de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de castilla y León mantuvo ciertas reuniones a partir de febrero de 2007 a fin de negociar la modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo del personal laboral fijo a tiempo completo y fijo discontinuo así como la ampliación del período efectivo de trabajo en campaña de prevención y extinción de incendios forestales en dicha Consejería.

  13. 1.- Tras el estudio de la ampliación y modificación de puestos de trabajo RPT de personal fijo discontinuo que presta sus servicios en las distintas Campañas de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, el 26-2-2007 se dio por finalizado tal estudio con acuerdo y se inició la modificación de RPT del personal laboral fijo a tiempo completo.

  14. 2.- A partir del 26-2-2007 también se inició el estudio de los puestos de trabajo que debíanampliarse en su período de trabajo, acordándose el 9-3-2007 publicar tales relaciones con indicación de los puestos que se consideran ampliados y de los criterios para la confección de dichos trabajos, criterios que fueron los siguientes:

    "Para el caso de que existan dos o más fijos discontinuos:

  15. Antigüedad en categoría, y puesto, por este Orden.

  16. Antigüedad en la Admón.

  17. En caso de empate, el de más edad.

    Para el caso de que exista un fijo discontinuo y resto interinos:

  18. El puesto ocupado, por cualquier concepto o circunstancia, por el fijo discontinuo.

    Para el caso de que existan dos o más interinos:

  19. El más moderno, es decir el menos antiguo.

    Teniendo en cuenta que estos criterios son a efectos de la futura convocatoria de Concurso de Traslados para la cobertura de puestos de la citada RPT y posterior cobertura de puestos a través de las convocatorias de concurso oposición que están en curso, procediéndose, una vez concluido todo el proceso, a convocar nueva reunión en la que se determine definitivamente los puestos objeto de ampliación de período de trabajo"

    y que para el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia se concretó, en la localidad de Valcabadillo en 4 + 5 meses en el puesto: NUM003 -código NUM004 - categoría conductor y en el puesto NUM005 -código NUM001 - categoría peón, ocupado por D. Benito .

  20. - Por Orden ADM/180/2009 de 23 de enero de convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Castilla y León 1261/2010, 21 de Julio de 2010
    • España
    • 21 Julio 2010
    ...los empresarios y trabajadores comprendidos bajo su ámbito de aplicación, como se ha dicho por esta misma Sala en la sentencia de 7 de octubre de 2009 (rec. 1483/09 ). Cierto que en el caso resuelto por la mencionada sentencia no se trató la cuestión de concurrencia de dos trabajadores inte......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR