STSJ Comunidad Valenciana 2761/2009, 24 de Septiembre de 2009

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2009:6720
Número de Recurso2076/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2761/2009
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 2761/2009

En el Recurso de Suplicación núm. 2076/2009, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2009, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 1317/2008, seguidos sobre Despido, a instancia de Eloy , asistido por el Letrado D. Juan Frau Segui, contra TRANSPORTES Y EXCAVACIONES PEREZ PLUMED SL, y en los que es recurrente la parte demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha29 de abril de 2009 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda deducida por D. Eloy contra la mercantil TRANSPORTES Y EXCAVACIONES PÉREZ PLUMED, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido de fecha 15/11/2008, condenando al empresario a la readmisión del trabajador o al abono de la Indemnización que luego se dirá, a opción del empresario, que deberá ejercitar dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado, y en cualquier caso con derecho al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución, y en la cuantía diaria que a continuación se menciona en segundo lugar: -Indemnización: 5.772,45 Euros. - Salarios de Tramitación: 53,08 Euros/día.- Previo reintegro o compensación de la cantidad percibida en concepto de indemnización por despido objetivo (2.487,27 euros)."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO. El trabajador demandante don Eloy con Dni número NUM000 , y cuyas demás circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda rectora de las presentes actuaciones , prestó servicios por cuenta y orden de la empresa TRANSPORTES Y EXCAVACIONES PÉREZ PLUMED SL , con antigüedad desde el tres de mayo de 2.006 , categoría profesional de conductor primera mecánico y salariomensual , con prorrata de pagas extras , de 1.614 euros. SEGUNDO. La empresa notificó al demandante el día 15 de octubre de 2.008 carta de despido del siguiente tenor: "Muy Sr mío: La dirección de la Empresa por los motivos que inmediatamente se detallan ha decidido extinguir su contrato de trabajo al amparo de lo dispuesto en el Art. 51.1 del ET en su redacción dada en la Ley 11/1.994, de 19 de mayo. Previo reintegro o compensación de la cantidad percibida en concepto de indemnización por despido objetivo (2.487,27 euros)

.Despido que surte efectos con fecha 15 de noviembre de 2.008. El motivo del despido es por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de la empresa, debido a la bajada de los servicios solicitados por los clientes y la falta de liquidez de la empresa, motivo por el cual su puesto de trabajo se amortiza, este despido se realiza para la viabilidad futura de la empresa y del empleo en la misma a través de una más adecuada organización de los recursos. Situación por la que la empresa se ve obligada a rescindir su contrato de trabajo acogiéndose a lo estipulado en el artículo 52 c) del ET . Extinción fundada como despido por causas objetivas. En el domicilio social de la empresa se encontrará a disposición del trabajador el salario de los meses de Octubre y los catorce días del mes de Noviembre del 2.008 , así como la indemnización que le corresponde que asciende a la cantidad de dos mil cuatrocientos ochenta y seis euros con veintisiete céntimos ( 2.487,27 euros ) . A su vez se informa que si no está conforme con dicho despido, la cantidad de indemnización será depositada en el Decanato de lo Social de los Juzgados de Valencia en el plazo de 48 horas desde los efectos del despido. Con el cobro de estos salarios e indemnización, queda finalizada la relación laboral que mantenía con Vd quedando totalmente finiquitada y no dando lugar a reclamación alguna. Le rogamos firme al pie del duplicado de la presente carta. "La empresa puso a disposición del trabajador la indemnización. TERCERO . Las declaraciones trimestrales de IVA de la mercantil en el año 2.007 y en el año 2.008 ascendieron a las siguientes cuantías primer trimestre

2.007....................63.037,71 euros. Segundo trimestre 2.007..................78.486,38 euros. Tercer trimestre

2.007....................64.121, 36 euros. Cuatro trimestre 2.007....................69.237,21 euros. Primer trimestre

2.008....................67.528,99 euros. Segundo trimestre 2.008.................58.110,83 euros. Tercer trimestre

2.008....................50.084,34 euros. Cuarto trimestre 2.008....................54.666,73 euros. CUARTO.- La

cuenta de pérdidas y ganancias arrojó un resultado positivo de 90.552, 42 euros en el año 2.007 y negativo de 186.251, 45 euros en el 2.008. QUINTO.-La mercantil procedió en fecha 19 de noviembre de 2.008 a vender en subasta parte de su maquinaria por importe de 27.434 euros y 29.000 euros (folios 208 y 209). SEXTO.- A la mercantil le adeudan distintas empresas y particulares la cantidad global de 508.133,30 euros (folios 210 y siguientes)....

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