STSJ Cataluña 6974/2009, 2 de Octubre de 2009

PonenteJOSE QUETCUTI MIGUEL
ECLIES:TSJCAT:2009:10643
Número de Recurso4383/2009
Número de Resolución6974/2009
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 6974/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Asociacion Empleados de Iberia frente a la Sentencia del Juzgado Social 18 Barcelona de fecha 3 de abril de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 67/2009 y siendo recurrido/a Lorenzo y -F.G.S.- Fondo de Garantía Salarial. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27-1-09 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 3 de abril de 2009 que contenía el siguiente Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por D. Lorenzo , contra la empresa ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE IBERIA, PADRES DE MINUSVÁLIDOS, debo declarar y declaro la improcedencia del despido ocurrido el día 31 de diciembre de 2.008 y, en consecuencia, condeno a la empresa demandada a la inmediata readmisión del actor en las mismas condiciones que regían con anterioridad a producirse el despido o, a su elección, a que le abone una indemnización de 45 días de salario por año de servicio, cifrada en el importe de 4.644 euros, pudiendo ejercitar su derecho de opción en el plazo de los cinco díassiguientes a la notificación de la presente resolución y entendiéndose que opta por la readmisión en el supuesto de no ejercitarlo, con abono, en todo caso, de los salarios dejados de percibir desde el 16-1-2.009 hasta la notificación de esta sentencia, a razón de un salario diario de 25,80 euros.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - El actor, D. Lorenzo , viene prestando servicios por cuenta y dependencia de la empresa ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE IBERIA, PADRES DE MINUSVÁLIDOS, desde el 3-1-2.005, con la categoría profesional de Auxiliar Especialista Textil, y percibiendo un salario bruto diario de 25,80 euros, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, mediante la suscripción del contrato de trabajo, de relación laboral especial de minusválidos, por obra o servicio determinado, para prestar servicios en el Centro Especial de Empleo de la Calle Begues nº 29, de El Prat de LLobregat.

  2. - En el citado contrato se indicó como objeto: "Obra determinada consistente en la puesta en marcha de una nueva actividad: Textil".

  3. - En fecha 31-12-2.008 la empresa demandada comunicó al actor verbalmente que ya no debía volver a trabajar.

  4. - La Asociación de Empleados de Iberia, padres de minusválidos tiene la finalidad de protección, asistencia, previsión, educativa e integración social de todos los minusválidos psíquicos, físicos y sensoriales, con particular atención a las mujeres de discapacitadas, hijos o pupilos de trabajadores, dentro de la plantilla de IBERIA, L.A.E., en su sentido más amplia, pudiendo también ser beneficiarios de la actividad de la Asociación aquellas otras personas, además de las indicadas en el párrafo anterior, en quienes concurran las condiciones y caracteres exigidos por la índole de los propios fines de la Asociación.

  5. - En el artículo 4 de los Estatutos de la Asociación dispone:

    "Para llevar a cabo sus fines, podrá la Asociación organizar conferencias, sesiones de trabajo, cursillos de divulgación, proyecciones, concursos y actos de carácter análogo, así como crear clubes en el ámbito de cualquiera de las actividades deportivas y de las relacionadas con el ocio y tiempo libre, sometiéndose a lo dispuesto en cada caso por la legislación vigente.

    Asimismo, la Asociación podrá crear Centros de Atención Temprana, Centros Ocupacionales, Centros de Día, Residencias, Viviendas, Centros de Rehabilitación, Centros de Formación, Centros Especiales de Empleo (con cualquier Sección de producción en las diferentes actividades productivas, incluidas las relacionadas con las actividades de jardinería, plantación, textil, imprenta, manipulados en general, envasados, hostelería, procesos informáticos y procesos de fabricación de plásticos), y cualquier otro servicio y/o Centro relacionado con la atención global al minusválido en todo el territorio nacional".

  6. - La Asociación Empleados de Iberia tiene suscrito contrato mercantil para el suministro de patucos con Iberia, Líneas Aéreas de España, S.A., desde el 20-4- 1.995, habiéndose prorrogado en el año 2.006 y en el año 2.007.

  7. -...

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