STSJ Comunidad Valenciana 1271/2009, 6 de Octubre de 2009

PonenteRAFAEL PEREZ NIETO
ECLIES:TSJCV:2009:6529
Número de Recurso2510/2007/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1271/2009
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1271/09

En la ciudad de Valencia, a 6 de octubre de 2009.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Juan Luis Lorente Almiñana, Presidente, don Luis Manglano Sada y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 2510/07, en el que han sido partes, como recurrente, doña Rafaela , representada por el Procurador Sr. Sabater olmos y defendida por Letrado Sr. Andrés Alcayde, y como demandadas el Tribunal Económico Administrativo Regional, representado y defendido por el Abogado del Estado, y la Generalitat Valenciana, representada y defendida por Letrado de su Gabinete Jurídico. La cuantía es indeterminada. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verifica en escrito mediante el que queda ejercitada su pretensión de que se anulen los actos impugnados.

SEGUNDO

Las representaciones procesales de las partes demandadas formularon escritos de contestación por los que solicitan que se declare la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada.

TERCERO

El proceso no se recibió a prueba, y los autos quedaron pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 6 de octubre de 2009.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es la Resolución de 31- 5-2007 del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) que desestima lareclamación ( NUM000 ) formulada por doña doña Rafaela contra un Acuerdo de los Servicios Territoriales de Moncada de la Consellería de Economía y Hacienda de la Generalitat Valenciana, acuerdo en que, con base a una

comprobación de valores, se gira liquidación complementaria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La parte recurrente, como apoyo para su impugnación jurisdiccional, invoca el criterio que informa la Sentencia de esta Sala, Sección Tercera, núm. 1/2008 , criterio que declara la nulidad de las liquidaciones practicadas por la Administración demandada en el expediente de comprobación de valores porque no aparecen suficientemente motivadas, que es lo que en el sentir de la parte recurrente acontece en el presente caso.

SEGUNDO

El presente recurso contencioso-administrativo versa sobre una única cuestión, la falta de motivación de la comprobación de valor de una finca rústica.

La Administración Tributaria atiende a los siguientes "parámetros para la valoración individualizada" de los terrenos transmitidos: "Se valora el terreno en euros/ha. en función del tipo de cultivo, de las características agronómicas del mismo, accesos y posibles influencias del entorno. A estos efectos, los valores unitarios medios para el tipo de cultivo considerado, así como los coeficientes correctores...

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