STSJ Cantabria 1005/2008, 19 de Noviembre de 2008

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2008:2116
Número de Recurso943/2008
Número de Resolución1005/2008
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander, a diecinueve de noviembre de dos mil ocho.

En el recurso de suplicación interpuesto por Ferroluz, S.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saiz, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Ferroluz, S.A., sobre Seguridad Social, siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 23 de junio de 2008 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La demandante FERROLUZ, S.A., tenía en plantilla al trabajador D. Gustavo , al cual se lereconoció la jubilación parcial por resolución del INSS de fecha 10 de marzo de 2004 y efectos económicos al uno de febrero de 2004.

    La sociedad FERROLUZ, S.A., se halla en situación de concurso declarado por auto del juzgado de lo mercantil de Santander de fecha 18 de mayo de 2006 , - indiscutido-.

  2. - El trabajador contratado por la empresa como relevista fue D. Carlos .

    Con fecha 24 de noviembre la Administración Concursal, bajo el auspicio de la Dirección General de Trabajo, alcanzó en el marco del Expediente de Regulación de Empleo promovido por la Administración de la Sociedad, un acuerdo definitiva con los representantes de los trabajadores en orden a la extinción de todas las relaciones laborales, fiando en el mismo los efectos de la extinción de todas las relaciones laborales, fijando en el mismo los efectos de la extinción a fecha 30 de noviembre de 2006, lo que en definitiva supuso la fecha de cesación de la fuerza de trabajo de la empresa.

    Dicho acuerdo fue homologado judicialmente en virtud de Auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil con fecha 11 de diciembre de 2006 quedaron extinguidas definitivamente las relaciones laborales y entre ellas tanto la de D. Gustavo , en situación de jubilación parcial, como la de su relevista, D. Carlos .

  3. - El l0 de octubre de 2007 el INSS dictó resolución por la que declaró la responsabilidad de la empresa por cese del relevista, y le exige el abono de la suma de 10.297'93 euros percibidos por don Gustavo en concepto de jubilación parcial durante el período comprendido entre el día siguiente a la baja en la empresa del relevista hasta el 30 de septiembre de 2007, sin perjuicio de las sucesivas mensualidades que se devenguen de la pensión de jubilación parcial, hasta que el jubilado parcial acceda a la jubilación ordinaria o anticipada.

    Con fecha 12-02-2008 el Sr. Gustavo presenta solicitud de jubilación anticipada a los 64 años, que se reconoce con efectos económicos de 20-02-2008, procediendo a dar de baja la pensión de jubilación parcial con esa misma fecha.

    El INSS mediante resolución de 22-02-2008 declara la responsabilidad de esa empresa "Ferroluz, S.A." en el abono de las cantidades percibidas por el Sr. Gustavo en concepto de jubilación parcial desde el día siguiente a la baja en la empresa del trabajador relevista (20-12-2006 hasta el 19-02-2008), día anterior a la fecha de efectos de la jubilación anticipada y de baja de la jubilación parcial por importe total de

    16.434,14 euros.

  4. - El 7 de abril de 2008 la empresa presentó reclamación previa que es desestimada mediante resolución de fecha 11 de abril de 2008.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, no siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander, de 23 de junio de 2008 , desestima la demanda del Administrador Concursal de la empresa Ferroluz, S.A., en la que se impugna la resolución del INSS, por la que declaró la responsabilidad de dicha empresa por cese del relevista, y le exige el abono de lo percibido por el Sr. Gustavo , en concepto de jubilación parcial, durante el período...

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