STSJ Aragón 805/2006, 20 de Noviembre de 2006

PonenteLUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH
ECLIES:TSJAR:2006:1953
Número de Recurso27/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución805/2006
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 805 DE 2006

ILUSTRISIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ

MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

D. MANUEL SERRANO BONAFONTE

DÑA. CARMEN SAMANES ARA

En Zaragoza, a veinte de noviembre de dos mil seis.

En nombre de S.M. el Rey.

La Sección tercera, funcional de refuerzo, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, integrada por los Magistrados de la Sala de lo Civil y Penal citados al margen, HA VISTO el presente recurso número 27/04-A seguido entre la parte demandante D. Luis Andrés defendido por el la Letrada Sra. Dª. María Pilar Sangorrin Ferrer y la demandada la DIRECCIÓN GENERAL DE POLICÍA representada y defendida por el Abogado del Estado. Se ha seguido el procedimiento conforme a los trámites legalmente previstos para el procedimiento ordinario en la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y tiene por objeto Resolución de fecha 13/11/2003 denegando la adscripción a una plaza vacante en la Jefatura Superior de Policía para Inspector Jefe en segunda actividad con destino.

La cuantía del procedimiento ha quedado fijada en indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Los actores formularon recurso contencioso administrativo en escrito que tuvo entrada en la Secretaria del Tribunal el día 14 de enero de 2004.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, sededujo demanda basada en los hechos y fundamentos de derecho que constan en las actuaciones y que contenía su solicitud en el suplico recogido en los siguientes términos: "Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y por formalizada la Demanda que antecede; y previos los trámites legales oportunos se dicte Resolución que venga a estimar la pretensión del actor y anule la resolución impugnada, con las consecuencias legales y económicas inherentes a tal declaración, debiendo adjuntar al recurrente el puesto de trabajo de Inspector Jefe Rodolfo , y con el abono de todas las cantidades dejadas de percibir desde el momento en que dicho puesto de trabajo debió habérsele adjudicado, así como los intereses legales desde su solicitud".

TERCERO

De la demanda presentada se dio el traslado legalmente previsto a la Administración demandada, en cuya representación el Letrado actuante presentó contestación a la demanda mediante escrito cuyo suplico es del tenor literal siguiente: "Que, habiendo por presentado este escrito en tiempo y forma, se sirva admitirlo, tenga por contestada la demanda y dicte, en su día, Sentencia, por la que se acuerde la desestimación del recurso".

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, una vez terminado el periodo legalmente establecido se fijó para votación y fallo el día 7 de noviembre de 2006.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Consta acreditado en el procedimiento, sin contradicción de las partes, que el funcionario de Policía Inspector-Jefe Sr. Rodolfo pasó a segunda actividad con efectos del día 1 de diciembre de 2003. Con motivo de la proximidad de su pase a la nueva situación administrativa cursó petición el 10 de septiembre para ocupar puesto de trabajo con destino. Petición que fue informada favorablemente por la Jefatura Superior de Policía de Zaragoza y remitida para decisión a la División de Personal de la Dirección General de la Policía.

Esta petición fue atendida por la División mencionada, de modo que le fue concedido destino al...

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