STSJ Galicia 3083/2008, 16 de Septiembre de 2008

PonenteJOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA
ECLIES:TSJGAL:2008:4837
Número de Recurso3926/2005
Número de Resolución3083/2008
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0003926 /2005 interpuesto por CONSELLERIA DE ASUNTOS SOCIAIS contra la

sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. FERNANDO LOUSADA AROCHENA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Juan Manuel en reclamación de INCAPACIDAD NO CONTRIBUTIVA siendo demandado CONSELLERIA DE ASUNTOS SOCIAIS. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000190 /2005 sentencia con fecha trece de Mayo de dos mil cinco por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: Primero. El actor D. Juan Manuel , solicitó en fecha 13-8-2004, el reconocimiento del grado de minusvalía dictándose Resolución por la Delegación Provincial de la Consellería de Asuntos Sociais Emprego e Relacións Laborais el 13-12-2004, declarándolo afecto de un grado de minusvalía del 19%. Intrpuesta reclamación previa fue desestimada por Resolución de 19-4-2005. Segundo. Por resolución de la D.P. del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 19-7-2004, el actor fue declarado afecto de incapacidad permanente total para el ejercicio de su profesión habitual con efectos de 26-4-2004, por padecer las siguientes lesiones. Hernia Discal Postero- Lateral C5-C6. Hernia Discal posteromedial C6-C7. Profusiones Discales C3-C4 y C4-C5.TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando en su pretensión subsidiaria la demanda interpuesta por D. Juan Manuel , contra la Consellería de Asuntos Sociais, Emprego de Realcions Laborais debo declarar y declaro que el actor se encuentra afecto de un grado de minusvalía igual o superior al 33% y en consecuencia condeno a la demandada a estar y pasar por dicha declaración.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO. Frente a la sentencia dictada en la instancia, donde se estima la pretensión subsidiaria de la demanda rectora de actuaciones en orden a declarar la afectación de la parte demandante como minusválida en grado del 33% o superior "conforme a lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre , de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad" -Fundamento de Derecho Primero-, la parte demandada anuncia recurso de suplicación y lo interpone después solicitando, al amparo de la letra c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , el examen de las normas sustantivas y de la jurisprudencia aplicadas, y, en concreto, se denuncia la infracción de los artículos 17.1 y 80.d) de la Ley de Procedimiento Laboral , argumentando, dicho en esencia, "que no existe acción, dado que (el artículo 1.2 de la Ley 51/2003 , de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad) se trata de una declaración legal que surten efectos sin necesidad de recabar una sentencia, ni la intervención del EVO, siendo suficiente la Resolución del INSS". Opuesta a la expuesta denuncia jurídica, la parte demandada, ahora recurrida, solicita, en el escrito de impugnación del recurso de suplicación, su desestimación y consiguiente confirmación íntegra de la sentencia de instancia.

A los efectos resolutorios de este recurso de suplicación, la Sala no puede desconocer la doctrina sentada en la Sentencia de 30 de abril de 2007, Recurso 1253/2006, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , donde esa Sala realiza las...

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