STSJ Navarra 211/2009, 31 de Marzo de 2009
Ponente | FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA |
ECLI | ES:TSJNA:2009:58 |
Número de Recurso | 14/2007 |
Número de Resolución | 211/2009 |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº 211/2009
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. IGNACIO MERINO ZALBA
MAGISTRADOS,
D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
En Pamplona a Treinta y Uno de Marzo de Dos Mil Nueve.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, ha visto los autos del recurso contencioso-administrativo nº14/2007 interpuesto contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Ezcabarte de 28-10-2006 por el que se acuerda desestimar las alegaciones formuladas frente a la aprobación inicial del Plan parcial del Area 3 del núcleo urbano de Arre que incluye parcela de la recurrente, en los que han sido partes como demandante la entidad TELMA RETARDER ESPAÑA S.A representado por el Procurador Sr. Araiz Rodriguez y defendido por el Abogado Sr. Henriquez de Luna, y como demandados el Ayuntamiento de Ezcabarte representado por el Procurador Sr. Echauri y defendido por el Abogado Sr. Nagore y viene en resolver en base a los siguientes Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho.
Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.
El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.
Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado obrante en autos.
Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó, como obra en autos, teniendo lugar el día 30-3-2009.
Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.
Sobre el acto impugnado. A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna el Acuerdo del Ayuntamiento de Ezcabarte de 28-10-2006 por el que se acuerda desestimar las alegaciones formuladas frente a la aprobación inicial del Plan parcial del Area 3 del núcleo urbano de Arre que incluye parcela de la recurrente.
Sobre el fondo del asunto.
La demanda debe ser desestimada íntegramente por las siguientes razones:
-
-En primer lugar debe resaltarse la confusa articulación procesal de la pretensión articulada en el suplico de la demanda, que se ve aclarada por el cuerpo de la misma y lo reseñado en conclusiones por el demandante. Y este señala:
Que impugna y solicita la nulidad del Acuerdo de 28-6-2005 por el que se aprueba inicialmente el Plan Parcial de Arre.
Y con carácter subsidiario se impugna el Acuerdo de 28-10ñ-2006 al vulnerar la seguridad jurídica al no fijar concluyentemente las consecuencias legales de llevarse a cabo dicha actuación urbanística.
-
- Pues bien como ha reiterado la Jurisprudencia (( ya desde TS S 8 May. 1979 y 18 May. 1982, 30-6-1992....y también esta Sala STSJNavarra 20-12-2001 ) la aprobación parcial de los Planes...
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