STSJ Murcia 274/2009, 3 de Abril de 2009

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2009:1002
Número de Recurso1095/2004
Número de Resolución274/2009
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 274/09

En Murcia, a tres de abril de dos mil nueve.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 440/04 y 1.095/04, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada y referido a planeamiento urbanístico.Parte demandante:

D. Julio , D. Olegario , D. Sergio , D. Carlos Alberto y Dª Lorenza , representada por la Procuradora Dª María Pelegrín Martínez-Canales y dirigida por el Letrado D. José Antonio García Sánchez.

Parte demandada:

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por un letrado de sus servicios jurídicos.

Parte codemandada:

Ayuntamiento de Fortuna, representada por el Procurador D. Julián Martínez García y dirigida por el Letrado D. Javier Cegarra Alemán.

Acto administrativo impugnado:

Órdenes de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de 19 de diciembre de 2003 y 9 de septiembre de 2004, sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de las normas subsidiarias de Fortuna para reclasificar como suelo urbanizable residencia(sectorizado) terrenos en "Las Lamparillas" en lo que se refiere a las áreas incorporadas como suelo urbanizables sin sectorizar, como consecuencia de la regularización de límites, así como los terrenos calificados como sistema general viario afectados por el nuevo ramal de acceso al sector desde el cruce de la A-5.

Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia por la que estimando el recurso revoque las órdenes impugnadas con los efectos legales inherentes a tal declaración e imposición de las costas procesales a la Administración en caso de oponerse a la presente.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 26 de marzo de 2004(dando lugar al recurso 440/04 al que posteriormente se acumuló el 1.095/2004) y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada ha solicitado la desestimación de la demanda por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 25 de marzo de 2009.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El Pleno del Ayuntamiento de Fortuna, en sesión de 29 de abril de 2003, aprobó el avance de la modificación de las normas subsidiarias de Fortuna en "Las Lamparillas". Fue sometido a información pública y aprobado inicialmente el proyecto de modificación puntual de las normas subsidiarias el 29 de julio de 2003, siendo nuevamente sometido a información pública dicho acuerdo. El Pleno del Ayuntamiento aprobó provisionalmente el proyecto de modificación referido en sesión de 30 de septiembre de 2003. El 12 de diciembre de 2003, se suspendió la aprobación definitiva, para que se subsanaran una serie de deficiencias observadas. El alcalde de Fortuna, el 16 de diciembre del mismo año, remitió determinada documentación en la que se alegaba que se subsanaban las deficiencias. Por Orden de 19 de diciembre de 2003 se aprueba definitivamente la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento de Fortuna para reclasificar como suelo urbanizable residencial sectorizado terrenos en "LasLamparillas", a salvo de las áreas incorporadas como suelo urbanizable sin sectorizar, como consecuencia de la regularización de límites, así como los terrenos calificados como sistema general viario afectados por el nuevo ramal de acceso al sector desde el cruce de la A-5, que quedó en suspenso hasta tanto se sometieran al trámite de exposición pública. Realizada dicha exposición, se dictó Orden, el 9 de septiembre de 2004, por la que se apruebó definitivamente la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento de Fortuna. Los actores...

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