STSJ Comunidad de Madrid 456/2007, 14 de Mayo de 2007

PonenteEMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA
ECLIES:TSJM:2007:23604
Número de Recurso5262/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución456/2007
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

RSU 0005262/2006

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00456/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL

MADRID

Sección Tercera

Secretaría Sr. Fariñas Matoni

Recurso nº 5262/06

Sentencia nº 456/07-AF

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

Presidente

Ilma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo

Ilma. Sra.Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada

En Madrid, a catorce de Mayo de dos mil siete

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación nº 5262/06 interpuesto por D. Cesar, asistido por el Letrado D. Juan Enrique Méndez García-Abad, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Diecinueve de los de MADRID, en los autos nº 1099/05, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 1099/05 del Juzgado de lo Social nº Diecinueve de los de Madrid, se presentó demanda por D. Cesar, contra el INSS y la TGSS, en materia de Incapacidad Permanente Absoluta derivada de Enfermedad Común, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha ocho de Marzo de dos mil seis en los términos siguientes:

DESESTIMANDO la demanda formulada por D. Cesar frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la parte demandada de las pretensiones en su contra deducidas por la parte actora.-

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

  1. - El actor D. Cesar nacido el 29-12-1953 figura afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000. 2.- La profesión habitual del actor es la de Venta Ambulante. 3.- Por resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid de 26-08-2005 se concedió al actor la incapacidad permanente total. Habiéndose objetivado por el EVI el siguiente cuadro clínico residual: "ARTRITIS PSORIASICA". En el informe médico de síntesis se recoge en el apartado de conclusiones que: "la afectación multiarticular que presenta le ocasiona alteraciones importantes para bipedestación o deambulación prolongada, así como integridad funcional de manos y muñecas, carga de pesos". 4.- El actor padece las lesiones objetivadas por el EVI. 5.- La base reguladora de prestación de incapacidad permanente derivada de enfermedad común ascendería a 653,85 euros/mes, reconocida por ambas partes. 6.- Se ha agotado la vía previa.-

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por D. Cesar, asistido por el Letrado D. Juan Enrique Méndez García-Abad, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Al amparo del artículo 191.c) de la Ley de Procedimiento Laboral y en el capítulo dedicado al examen del derecho aplicado y de la Jurisprudencia, denuncia el único motivo del recurso de suplicación la infracción de los artículos 134 y 137.1.a) y b) del vigente Texto Refundido de la Ley General...

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