STSJ Castilla-La Mancha 1770/2006, 9 de Noviembre de 2006

PonentePEDRO LIBRAN SAINZ DE BARANDA
ECLIES:TSJCLM:2006:3440
Número de Recurso1250/2006
Número de Resolución1770/2006
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 1770

En el Recurso de Suplicación número 1250/06, interpuesto por Dª María Rosario , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, de fecha de de marzo de dos mil seis, en los autos número 64/06, sobre reclamación por Despido, siendo recurrido por ASER.

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que en la sentencia recurrida dice en su parte dispositiva:"FALLO: Que desestimando la demanda formulada por Dña. María Rosario contra la empresa Aser-Residencia Alcoba sobre reingreso de excedencia debo absolver y absuelvo a la parte demandada de la pretensión instada."

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:

PRIMERO

Dª María Rosario presta servicios para la empresa Aser-Residencia Alcoba desde el

17.01.1997,en virtud de contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de obra o servicio determinado siendo su objeto la realización de la obra entre Aser y la Junta de Comunidades, dicho contrato se convirtió en indefinido con fecha 06.02.2002, ostentando la categoría profesional de Auxiliar de Geriatría percibiendo un salario diario con inclusión de parte proporcional de pagas extraordinarias de 33 euros.

SEGUNDO

Con fecha 15.09.2004 solicito excedencia voluntaria por el periodo de un año con fecha de inicio el 01.10.2004, excedencia que el fue concedida por la empresa.

TERCERO

Con fecha 29.08.2005 presento escrito a la empresa solicitando su reincorporación al puesto de trabajo con fecha 01.10.2005.

A la trabajadora le fueron entregados los cuadrantes de la empresa correspondientes a la categoría de Auxiliar geriatría correspondientes al año 2005, figurando en todos los meses de enero a diciembre: Adolfo , Gabriela , Estefanía , Mariana , María Luisa , Estíbaliz y Erica , asimismo le entregaron el cuadrante correspondiente a los meses de septiembre y octubre en el cual figuran: Adolfo , Gabriela , Estefanía , Mariana , María Luisa , María Rosario y Erica .

CUARTO

Con fecha 30.08.2005 la empresa le remitió escrito informándoles de que no encontrándose puesto vacante actualmente no podrá reincorporarse al mismo el día 01.10.2005 obligándose a informarla cuando se produzca esta baja o cualquier otra dentro de la categoría profesional que ostenta.

QUINTO

La empresa ha formalizado en el periodo 01.10.2004 a 21.10.2005 los siguientes contratos:

-Contrato de trabajo de duración determinada en la modalidad de obra o servicio determinado a tiempo parcial de 20 horas a la semana celebrado con fecha 01.10.2004 con Dña María siendo su objeto la realización de la obra entre Aser y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ostentando la categoría profesional de Auxiliar de geriatría.

Con fecha 08.10.2004 se amplio la jornada de trabajo a 40 horas semanales.

-Contrato de trabajo de duración determinada en la modalidad de obra o servicio determinado celebrado con fecha 01.12.2004, con la Sra. Fátima siendo su objeto la realización de la obra entre Aser y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ostentando la categoría profesional de DUE.

-Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo parcial en la modalidad de obra o servicio celebrado con fecha 13.12.2004 con la Sra. Trinidad siendo su objeto la realización de la obra entre Aser y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ostentando la categoría profesional de auxiliar de geriatría.

-Contrato de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de obra o servicio celebrado con fecha 01.01.2005 con la Sra. Mariana siendo su objeto la realización de la obra entre Aser y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ostentando la categoría de auxiliar enfermería.

-Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de interinidad celebrado con fecha 01.05.2005 la Sra. Ángela siendo su objeto sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo en concreto Ángela , Flor , Paulino , Sara , Gabriel y Begoña por descanso por vacaciones, ostentando la categoría de auxiliar servicios generales.

-Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo parcial en la modalidad de eventual por circunstancias de la producción celebrado el día 01.07.2005 con la Sra. Victoria siendo su objeto cubrir puesto vacante siendo su categoría profesional auxiliar geriatría.

-Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de interinidadcelebrado con fecha 11.07.2005 siendo su objeto sustituir a Verónica por IT, ostentando la categoría profesional de pinche.

-Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de interinidad celebrado con fecha 01.08.2005 con la Sra. María Consuelo siendo su objeto sustituir al trabajador Gabriel siendo su causa excedencia voluntaria ostentando la categoría profesional de auxiliar de servicios generales.

-Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de interinidad celebrado con fecha 07.10.2005 siendo su objeto sustituir a la trabajadora Erica en situación de baja por IT ostentando la categoría profesional de auxiliar administrativo.

Contrato de trabajo de duración determinado a tiempo parcial en la modalidad de interinidad celebrado con fecha 21.10.2005 con la Sra. Isabel siendo su objeto sustituir a los trabajadores Pablo y Victoria por descanso por vacaciones.

SEXTO

A fecha 30.09.2204 prestaban servicios en la empresa con la categoría profesional de auxiliares de enfermería: Dña Erica , Dña Gabriela , Dña María Rosario , Dña María Luisa , Dña Estíbaliz , Dña Trinidad , Dña Estefanía , Dña Mariana , Dña María y Dña Aurora .

A fecha 01.10.2005 prestan servicios en la empresa con la indicada categoría profesional: Dña Erica , Dña Gabriela , Dña María Luisa , Dña Estefanía , Dña Trinidad , Dña Mariana Diez, Dña María y Dña Aurora , Dña Pablo y Dña Victoria .

SEPTIMO

La relación laboral existente se regula por el IV Convenio Colectivo de las Residencias Privadas de la Tercera Edad en Castilla-La Mancha.

OCTAVO

Con fecha 17.01.2006 se celebro acto de conciliación en reclamación de derecho que finalizo sin efecto.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR