STSJ País Vasco 701/2002, 11 de Julio de 2002

PonenteJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
ECLIES:TSJPV:2002:3538
Número de Recurso21/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución701/2002
Fecha de Resolución11 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUMERO 701/2002

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS:

DON ANGEL RUIZ RUIZ

DON JOSE FELIX MARTIN CORREDERA

En la Villa de BILBAO, a 11 de julio de 2002.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 21/99 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna la resolución de 6-10-98 del Viceconsejero de Ordenación y Administración Industrial del Gobierno Vasco desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la resolución del Director de Administración Industrial, Energía y Minas, de 14-4-98 desestimatoria de la solicitud de declaración de utilidad pública y urgente ocupación de terrenos para la explotación de la cantera Atxarte.

Son partes en dicho recurso: como recurrente Don Pablo , representado por la procuradora doña Aurora Torres Amann y dirigida por el Letrado don Juan Carlos Godino Elejabarrieta.

Como demandada: La Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco representada y dirigida por el Letrado del Gobierno Vasco.

Ha sido ponente el magistrado don JOSE FELIX MARTIN CORREDERA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la procuradora doña Aurora Torres Amann, en la representación de Don Pablo , se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 6-10-98 del Viceconsejero de Ordenación y Administración Industrial del Gobierno Vasco desestimatoria del recurso ordinario interpuestocontra la resolución del Director de Administración Industrial, Energía y Minas, de 14-4-98 desestimatoria de la solicitud de declaración de utilidad pública y urgente ocupación de terrenos para la explotación de la cantera Atxarte; dicho recurso quedó registrado con el número 21/99.

La cuantía del presente recurso quedó fijada como indeterminada.

SEGUNDO Previos los trámites oportunos se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó mediante el oportuno escrito, en el que, tras exponer los hechos y alegar los fundamentos de derecho de aplicación, terminaba suplicando que se dicte sentencia estimatoria del recurso, de acuerdo a lo recogido en el escrito de demanda.

TERCERO

Dado traslado a la Administración demandada para contestar a la demanda, lo hizo por medio de escrito, en el que alega cuántos hechos y fundamentos de Derecho considera aplicables, terminando con la súplica a la Sala que dicte sentencia desestimatoria y que confirme, como ajustado a Derecho, el acto impugnado.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba, se practicó aquella que, propuesta en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinente, incorporándose la misma a los autos con el resultado que en ellos consta.

QUINTO

En sus escritos de conclusiones, las partes reiteraban las peticiones que habían formulado en sus escritos de demanda y contestación.

SEXTO

Para la votación y fallo se señaló el pasado día 2 de julio de 2002, fecha en la que tuvo lugar.

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