STSJ Andalucía 2113/2003, 17 de Junio de 2003

PonenteMIGUEL CORONADO BENITO
Número de Recurso4034/2002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2113/2003
Fecha de Resolución17 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA NÚM. 2113/03

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Sebastián contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número UNO de los de JEREZ, Autos nº 1068/00; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. MIGUEL CORONADO DE BENITO, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por el recurrente contra CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA se celebró el Juicio y se dictó Sentencia el veintitrés de noviembre de dos mil uno, por el Juzgado de referencia en la que no se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1.- El actor presta servicios para la Junta de Andalucía en la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca FEMARES en el Puerto de Santa Ma desde el 1-8-89, con la categoría de administrativo laboral Grupo III-I, y con un salario bruto mensual según convenio.

  1. - La Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía en el BOJA de 8-8-00 publicó la Orden de 27-7-00 para la cobertura de vacantes correspondientes a diversas categorías profesionales del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción interna. En el Anexo de Relación de Plazas ofertadas se incluye una plaza de Intérprete Informador con el Código 79458, Grupo III-2 del Instituto Andaluz de la Mujer de Cádiz, con el requisito para el desempeño de formación "Prog. Atenc. Mujer".

  2. - En la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucíacorrespondiente del Instituto de la Mujer, modificada por el Decreto 265/1997, de 11 Noviembre se incluye en su Anexo una plaza de Intérprete Informador con el Código 79458, Grupo III-2 del Instituto Andaluz de la Mujer de Cádiz, con el requisito para el desempeño de formación "Prog. Atenc. Mujer".

  3. - El actor ha formulado reclamación previa solicitando que se excluya del Anexo de la Orden de 8-8-00 el requisito para el desempeño de formación "Prog. Atenc. Mujer" para la plaza de intérprete informador.".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, de fecha 27 de julio de 2000, publicada en el B.O.J.A. de 8 de agosto siguiente, se convocó concurso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a diversas categorías profesionales del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción interna, en cuya norma segunda, entre los requisitos que debían concurrir en los aspirantes, se establecía en el apartado 1 c) poseer los exigidos en el artículo 12 del vigente convenio colectivo y los exigidos en la relación de puestos de trabajo en razón de la categoría profesional y grupo profesional a que pertenezcan las vacantes a que se aspira promocionar...

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