STSJ Murcia 148/2000, 28 de Febrero de 2000

PonenteLUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU
ECLIES:TSJMU:2000:707
Número de Recurso1733/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución148/2000
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM. 148/2000 En Murcia, a veintiocho de febrero de dos mil.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 1733/1997, tramitado por las normas de Procedimiento Ordinario, en cuantía indeterminada y referido a:

Parte demandante:

Dª Catalina representada y dirigida por el Letrado D. ISIDRO RODRIGUEZ GUILLEN. Parte demandada:

La ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO (Ministerio de Educación y Cultura) representada y dirigida por el Sr. ABOGADO DEL ESTADO.Acto administrativo impugnado:

Resolución de 14 de mayo de 1997 de la Directora General de Personal y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura.

Pretensión deducida en la demanda:

Sentencia por la >.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 10 de julio de 1997, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto, pidiendo se declare la inadmisibilidad del recurso y subsidiariamente su desestimación. Con imposición de costas.

TERCERO

La votación y fallo tuvo lugar el día 18 de febrero de 2000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por tener interés para examen de las cuestiones debatidas, se destacan los siguientes antecedentes fácticos:

  1. - Por orden de 28 de febrero de 1996 se convocaron > (Boletín Oficial del Estado de 7 de marzo de 1996).

  2. - La aquí recurrente participó en el procedimiento selectivo, ingreso libre, por la especialidad de >, siendo baremados sus méritos (base 7.1 de la Orden de convocatoria) por la Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Cultura de Murcia, y tras formular reclamación frente a la puntuación asignada y posterior recurso ordinario contra la resolución de dicha Dirección Provincial referente a la reclamación, en virtud de resolución de 6 de febrero de 1997 de la Directora General de Personal y Servicios se estimó el citado recurso ordinario, rectificándose la valoración de méritos realizada en su día a la recurrente.

    La rectificación de la valoración consistió en la asignación de un punto en el apartado I del baremo, epígrafe 1.1 (>).

  3. - La interesada, en escrito fechado el 24 de marzo de 1997 y registrado el 3 de abril siguiente, dirigido al Centro Directivo que había estimado el recurso ordinario, expuso que con el punto que se le reconocía pasaba a ocupar el nº 4 en el bloque 2 de la lista de Organización y Gestión Comercial, dándose el caso, añadía en su citado escrito, que con fecha 26 de noviembre de 1996 (mientras se esperaba la resolución del...

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