STSJ Murcia 1376/2003, 24 de Noviembre de 2003

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2003:2410
Número de Recurso1135/2003
Número de Resolución1376/2003
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01376/2003

ROLLO N ö¬ : RSU 01135/2003

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a veinticuatro de Noviembre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JAIME GESTOSO BERTRÁN y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Mutua Fremap, contra el auto de ejecución número 0060/2002 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 5 de marzo de 2003, dictado en proceso número 0974/1998, sobre ejecución, y entablado por Mutua Fremap frente a don Guillermo .

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9-02-1999 se dictó sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Murcia cuya parte dispositiva declaró el derecho de don Guillermo a lucrar prestación de incapacidad temporal por el periodo comprendido desde el 5-11-1992 hasta el 25-05- 1994, condenando a la Mutua Fremap a estar y pasar por dicha declaración.

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Mutua condenada, procediéndose,durante la tramitación del mismo, a la ejecución provisional de la sentencia recurrida, en la cuál se originó el pago al demandante de la suma de 6.805'25 €æ.

SEGUNDO

El recurso de suplicación fue desestimado por esta Sala de lo Social, mediante sentencia de fecha 13-11-2000, que fue recurrida en casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, resolviéndose dicho recurso mediante sentencia de fecha 21-12-2001 en cuyo fallo estimó el recurso interpuesto por la Mutua Fremap, casó y anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, y revocó la sentencia de instancia desestimando la demanda formulada por don Guillermo .

TERCERO

Con fecha 3 de julio de 2002, la Mutua Fremap instó ejecución ante el Juzgado de lo Social de instancia solicitando la declaración de que el señor Guillermo debía de abonarle la cantidad de

6.805'25 €æ, dictándose por el Juzgado auto de fecha 10 de julio de 2002 despachando ejecución, contra el que se interpuso por el ejecutado recurso de reposición que fue resuelto mediante auto de fecha 9 de octubre de 2002, cuya parte dispositiva estimó el recurso y revocó el auto impug nado.

Contra este último auto se presentó por la Mutua Fremap recurso de reposición, que fue desestimado por otro de fecha 14 de enero de 2003, que fue, asimismo, objeto de recurso de reposición el cual fue inadmitido por otro de fecha 5 de marzo de 2003 en el que se ordenó estar a lo dispuesto en el auto anterior de 9 de octubre de 2002.

CUARTO

Contra esta última resolución se interpone ahora por...

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