STSJ Comunidad de Madrid 751/2005, 31 de Octubre de 2005

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2005:14284
Número de Recurso3652/2005
Número de Resolución751/2005
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº

En el recurso de suplicación nº 3652-05 interpuesto por la Letrada DOÑA CARMEN TIMÓN MONTERO, en nombre y representación de DON Miguel Ángel , y por el letrado, DON PEDRO JIMÉNEZ GUTIÉRREZ, en nombre y representación de PLASTICOS BANDRES S.L. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de los de MADRID, de fecha UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CUATRO , ha sido Ponente el Ilmo Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 329-04 del Juzgado de lo Social nº 13 de los de Madrid

, se presentó demanda por DOÑA Frida contra DON Miguel Ángel , PLASTICOS BANDRES S.L., INFORM INJECT PLAST S.L Y FLEXIPLAN S.A. en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CUATRO , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por DOÑA Frida frente a la empresa PLASTICOS BANDRES S.L., INFORM INJECT PLAST S.L., Miguel Ángel , FLEXIPLAN S.A. ETT y el MINISTERIO FISCAL, debo: 1º.- Declarar que la empresa Plásticos Bandrés S.L. ha vulnerado el derecho a la dignidad personal y a la integridad física y moral de Doña Frida . 2º.- Declarar nulo el despido efectuado, condenando a la empresa Plásticos Bandrés S.L. a la inmediata readmisión de la trabajadora. 3º.- Condenar a la empresa Pláticos Bandrés a que abone a Doña Frida la cantidad de 30.000 euros en concepto de indemnización de daños y perjuicios. 4º.- Estimar las excepciones de falta de legitimación pasiva alegadas por Inform Plast S.L.; Flexiplan S.A. ETT y D. Miguel Ángel , absolviéndolos en consecuencia de los pedimentos formulados en su contra...

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"La actora, Dª Frida , ha venido prestando sus servicios por cuenta de la empresa Plásticos Bandrés SL con una antigüedad del 1.6.02, categoría profesional de limpiadora, y con un salario mensual de

1.154,50 euros con prorrata de pagas extraordinarias. 2. Inicialmente la actora comenzó a prestar servicios en la empresa Plásticos Bandrés por medio de una empresa de trabajo temporal: Flexiplan SA ETT. A tal efecto, suscribió con ésta última tres contratos de trabajo: - Uno de fecha 13.4.02, para obra o servicio determinado, a tiempo parcial de 16 horas semanales, con la categoría de Peón; finalizó el 14.4.02. - Otro de fecha 20.4.02, también para obra o servicio determinado y a tiempo parcial de 16 horas semanales, con la categoría de peón; finalizó el 21.4.02. - Y un tercer contrato de trabajo de fecha 23.4.02, para obra o servicio determinado, a jornada completa y con la categoría de Peón; finalizó el 30.4.02. La empresa Plásticos Bandrés SL suscribió con la ETT los correspondientes contratos de puesta a disposición, y la actora firmó los recibos de saldo y finiquito al concluir cada uno de esos períodos. La actora también prestó servicios para Flexiplan, en dicho centro de trabajo, el 12.05.02 y del 16 al 24.05.02. 3. Cuando la actora todavía prestaba servicios para la ETT, la empresa Plásticos Bandrés SL colocó un cartel en sus instalaciones ofreciendo un puesto de limpiadora. La actora se interesó por ese puesto y le dijo al ahora demandado D. Miguel Ángel que necesitaba un trabajo estable. Subieron los dos a la zona de oficinas y hablaron con D. Carlos Jesús (Director de personal de la empresa Plásticos Bandrés SL). D. Miguel Ángel recomendó a éste la contratación de la actora, y concluyó con énfasis: "¡Y lo quiero ya!". 4. D. Miguel Ángel es Jefe de Turno de Producción de la empresa; en cuanto encargado y no directivo; carece de poderes para contratar personal: D. Carlos Jesús realiza las funciones de Director de Personal de la empresa. La empresa Plásticos Bandrés SL tiene la costumbre de reclutar su personal primero a través de una ETT, para luego incorporarlo a su plantilla mediante contratos temporales.6.- E1 1.6.02 la actora suscribió con la empresa Plásticos Bandrés SL un contrato de interinidad, de sustitución por anticipación de la edad de jubilación del trabajador D. Juan Luis , en el que se pactó una categoría de limpiadora y una jornada a tiempo completo, con una duración hasta el 31.5.03.

La actora pasó a desempeñar entonces funciones de limpiadora en el turno de mañana, realizando las funciones de limpieza de las oficinas, baños y demás instalaciones de la empresa. La zona de producción se sitúan en la parte baja de las instalaciones de la empresa, y las oficinas en la planta superior.8. A partir de entonces y cuando coincidían en sus turnos, D. Miguel Ángel comenzó a dirigir comentarios a la actora tales como "que guapa estás hoy" o "que servía para más". La actora, que todavía se encontraba bien de ánimo, no le dió mayor importancia. Con el transcurso del tiempo esos comentarios fueron a más, y consistían en expresiones como "que pelo más bonito tienes", "me encantan las mujeres con pelo largo", "suéltate el pelo" (la actora lo llevaba recogido para trabajar), y que "le ponía cachondo". La actora no le hacía caso, y le contestaba diciéndole que le dejase trabajar.

Dado que D. Miguel Ángel seguía con sus comentarios ("que buena estás", "eres muy guapa"), la actora decidió acudir al trabajo sin maquillar. Ello motivó el que D. Miguel Ángel le dijese que "como estaba cansada, lo que necesitaba era un buen polvo y que el se ofrecía". Esos comentarios los realizaba D. Miguel Ángel los días que coincidían sus turnos de trabajo, y aprovechaba las ocasiones en que la actora se encontraba a solas. La actora se preocupó ante esta situación al darse cuenta que no era ninguna broma, pero continuó trabajando porque tenía dos hijos menores de edad (de 8 y 3 años). 9. En agosto tiene lugar el traslado de las instalaciones de la empresa a la localidad de Fuente del Saz, mes en el que disfrutaron sus vacaciones la actora y D. Miguel Ángel . 10. Después de las vacaciones la actora solicitó el turno de noche (que se inicia a las 23:30 y concluye a las 7:30 horas) a fin de poder cuidar de sus dos hijos. La empresa aceptó este cambio de turno, que la actora pasó a desarrollar a partir de septiembre de 2002. 11º A partir de septiembre de 2002, y cuando coincidían a solas en el turno de noche, D. Miguel Ángel continuó dirigiendo a la actora comentarios de la índole de los antes citados. Agregó, además, otra serie de preguntas de carácter personal ("¿cuando te renuevan el contrato?, o «¿que tal te va con tu pareja?), manifestando que "sentía una atracción física y que estaba enamorado" de ella, llegando incluso a decirla "¿has engañado a tu pareja?", sugiriéndola que "eso iba muy bien" y que él "engañaba a su mujer". 12. La actora sufrió un accidente de trabajo el 5.2.03, que ocurrió "al salir del trabajo, cuando se desplazaba hacia la parada del autobús, pisó mal en un agujero del suelo y sufrió una tocedura en el tobillo", y del que resultó con esguince de segundo grado en ese tobillo. Permaneció en situación de IT derivada de accidente de trabajo del 5.2.03 al 28.3.03 y del 2.4.03 al 16.4.03. 13. Para sustituir a la actora mientras permaneció en situación de IT, la empresa celebró e1 10.2.03 con Dª Araceli un contrato de trabajo de interinidad.

14. Tras el alta médica, y como continuaba la situación de acoso por parte de D. Miguel Ángel , la actora se lo contó a distintas compañeras de trabajo (como Fátima , María Rosario , Ana María o Bárbara ), si bien esta situación transcendió -de una u otra manera- a otras compañeras de trabajo ( Diana o Victoria ). Ellas le aconsejaron que denunciase esa situación, pero la actora decidió no hacerlo porque tenía miedo. En ocasiones sus compañeras la vieron llorando al terminar su turno. En una ocasión, cuando la actora estaba en el turno de noche limpiando las oficinas de arriba, D. Miguel Ángel le agarró del brazo. Al bajar a la zona de producción, la actora comentó este hecho con Dª María Rosario . A fin de sentirse más segura, la actora pidió a D. Bruno (a quien había conocido a través de Internet Y con el que mantenía una relación de amistad) que le acompañase al trabajo por la noche. Un día D. Bruno llevó un ramo de flores a la actora, lo que motivó que D. Miguel Ángel le dijese que él "le podría llevar flores todos los días", que "iba a ser la reina de la fábrica" y que "cambiase de pareja".

Al menos en dos ocasiones D. Miguel Ángel intentó abrazar y besar a la actora. La segunda de esas ocasiones tuvo lugar en la primera quincena de junio de 2003 durante el turno de noche, cuando la actora se encontraba sola en el servicio de caballeros de las oficinas. En concreto, cuando la actora estaba agachada limpiando D. Miguel Ángel le abrazó y le dió un beso en el cuello; al darse la vuelta la actora, D. Miguel Ángel le intentó dar un beso en la boca. 15. La actora habló de toda esta situación con otros dos compañeros de trabajo: D. Octavio (cuyo Jefe es el Sr. Luis Manuel ) y con D. Juan Enrique . 16. D. Cosme (Presidente del Comité de Empresa) tiene conocimiento de la situación de la actora por medio de un compañero ( Don. Luis Manuel ). D. Juan Enrique , que habló con la actora, le dijo que la situación era más seria de lo que parecía. Por ello a mediados de junio de 2003 D. Cosme habló con D. Lázaro (Director Financiero de la empresa) para tratar la situación. Después de esa conversación, D. Lázaro habló con la actora para conocer lo sucedido.17. E1 18.6.03 tuvo lugar un enfrentamiento en el vestuario de la empresa entre la actora y sus demás compañeras dado que lo sucedido con D. Miguel Ángel se había difundido por la empresa. Éstas le reprocharon que a cada una de ellas les hubiese contado a su manera lo sucedido, y la actora negaba que lo hubiese contado, derrumbándose...

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