STSJ Canarias 381/2001, 20 de Abril de 2001

PonenteANGEL ACEVEDO CAMPOS
Número de Recurso905/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución381/2001
Fecha de Resolución20 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 381

RECURSO Nº 905/98

ILMOS.SRES.

PRESIDENTE:

D. Antonio Giralda Brito.

MAGISTRADOS:

D. Angel Acevedo y Campos.

D. Ana Afonso Barrera.

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En Santa Cruz de Tenerife, a veinte de abril de dos mil uno.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres. Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 905/98, tramitado por el procedimiento ordinario, que regula la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia del demandante Don Felix , representado por la Procuradora Doña Montserrat Padrón García, y dirigido por el Letrado Don Francisco Fernández Parrilla, siendo Administración demandada, la de la Comunidad Autónoma de Canarias, dirigida por el Letrado de los Servicios Jurídicos de dicha Comunidad, versando sobre expropiación forzosa, de cuantía indeterminada, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Angel Acevedo y Campos, se ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Decreto 69/1998, de 11 de mayo, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, se declaró la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Breña Baja con motivo de la realización del proyecto de obras denominado Remodelación del litoral y equipamiento público de la Playa de los Cancajos.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que estimando la demanda anule la resolución impugnada, condenando en costas a la Administración demandada por su temeridad y mala fe.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que se desestime el recurso, por ajustarse a Derecho el acto impugnado, condenando a la parte actora a estar y pasar por tal declaración y al pago de las costas.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Siendo objeto del recurso el Decreto 69/1998, de 11 de mayo, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, por el que se declaró la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Breña Baja (La Palma) con motivo de la realización del proyecto de obras denominado Remodelación del litoral y equipamiento público de la Playa de Los Cancajos, lo primero que hay que dilucidar, dados los términos en que está planteada la demanda, es si el Proyecto de Remodelación del litoral y equipamiento público de la Playa de Los Cancajos, aprobado por el Ayuntamiento de Breña Baja en 23 de junio de 1997, y que obtuvo también, en 14 de octubre, del mismo año, la aprobación definitiva de la Dirección General de Costas bajo la denominación de "Proyecto de ordenación, urbanización y regeneración de Playa Varadero y Playa Nueva de Los Cancajos", constituye un instrumento adecuado para determinar los bienes a expropiar que son materia del litigio, cuestión ésta que no puede sustraerse a la observación de que a pesar de indicarse en el acuerdo de la...

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