STSJ Comunidad de Madrid 757/2004, 28 de Julio de 2004

PonenteMARIA CONCEPCION MORALES VALLEZ
ECLIES:TSJM:2004:10574
Número de Recurso1791/2004
Número de Resolución757/2004
Fecha de Resolución28 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

en el RECURSO SUPLICACION 0001791 /2004, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. NAIARA RODRIGUEZ-ESCUDERO DE BUSTURIA, en nombre y representación de AMADEUS GLOBAL TRAVEL DISTRIBUTION SA, contra la sentencia de fecha 27 de Noviembre de 2003, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 012 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000589 /2003 , seguidos a instancia de Augusto frente a AMADEUS GLOBAL TRAVEL DISTRIBUTION SA, en reclamación por DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. CONCEPCIÓN MORALES VALLEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

  1. - El actor, Augusto , con DNI nº NUM000 , venía prestando sus servicios para la demandada, AMADEUS GLOBAL TRAVEL DISTRIBUTION SA., con antigüedad desde el 1/7/1990 con categoría profesional de Titulado Superior y percibiendo un salario de 6.049 euros y un bono anual de 18.024,32 euros, lo que supone un total de 7.609,20 euros mensuales.

  2. - El actor desde agosto/1997, viene desempeñando las funciones de Director de Sistemas Informáticos en el Grupo AMADEUS. Desempeñaba las funciones de planificar, dirigir, organizar y controlar las actividades de sistemas de la información dentro de AMADEUS MADRID, para proporcionar a todo el personal el soporte y servicios tecnológicos necesarios.

  3. - El actor, tiene desde el inicio de su relación laboral, un superior Jerárquico, Carlos Ramón , quien actualmente es responsable de la Auditoría interna de AMADEUS.

    La demandada es una empresa auditada por estar cotizando en Bolsa desde el año 2000 y desde esa fecha es la Auditoría interna y el responsable de ésta, Carlos Ramón , quien controla y da cuenta a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

    La empresa AMADEUS, crea un Reglamento del Consejo de Administración en el que la Comisión de Auditoría, entre otras cuestiones tiene la de control y de éstas entre otras son:

    Políticas y procedimientos de control interno en la Sociedad en materia de gasto, inversión, etc.

    Códigos de conducta del personal de Alta Dirección de la sociedad.

    Código interno de conducta en materia relacionadas con los Mercados de Valores.

    Sistemas internos de control, proponiendo, en su caso, las modificaciones oportunas......

  4. - Con fecha 7/5/2003, la empresa comunica al actor el despido por causas disciplinarias con efectos de ese mismo día. La carta consta al folio 15 de las actuaciones y se da por reproducida. Se destaca lo siguiente:

    "...... El día 30 de abril de 2003 y como conclusión de las averiguaciones internas realizadas, ha

    llegado a conocimiento de esta Dirección que desde diciembre de 1998, el domicilio del DIRECCION000 de la mencionada sociedad (FOCUS CONSULTING & TECHNOLOGY SL.) Catalina ,...... coincide con el

    domicilio personal o de residencia habitual de Ud., comunicado al Departamento de Personal de AMADEUS, circunstancia que nunca ha sido puesta en conocimiento de sus superiores jerárquicos y quedeliberadamente ha ocultado cuando año tras año se ha contratado con tal empresa, tal y como se ha puesto de manifiesto en la reunión mantenida el pasado día 5 de mayo de los corrientes con su responsable jerárquico, Carlos Ramón , Ignacio , representante de nuestro Departamento Jurídico y Susana , responsable del Departamento de Recursos Humanos.

    En el transcurso de la mencionada reunión y ante la pregunta formulada por Ignacio , ........................

    respondió que su única relación venía dada por hecho de que Catalina es su pareja de hecho o compañera sentimental desde 1998 y con la que actualmente convive..............................como consecuencia de todo lo

    anterior, la entidad que represento tiene dudas razonables sobre su lucro directo o indirecto derivado de la prestación de tales servicios por la mencionada sociedad a AMADEUS, pero en todo caso, ha quedado probado que Ud., ha utilizado información privilegiada acerca de las ofertas de otros proveedores para propiciar que se contratase el servicio con FOCUS CONSULTING&TECHNOLOGY SL.

    Estos hechos constituyen un incumplimiento grave y culpable de sus deberesa laborales y son causa suficiente de despido por lo dispuesto en el art. 54.2 del E.T ., ("Transgresión de la buena fe contractual, así como abuso de confianza en el desempeño de trabajo")....."

  5. - Con fecha 26/6/1997, se constituye la sociedad, FOCUS CONSULTING & TECHNOLOGY SL., por Gonzalo , y Catalina .

    El primero, suscribe 499 participaciones sociales de las quinientas que constituyen la sociedad por valor nominal cada participación de mil ptas., la segunda, suscribe una participación social por importe de mil ptas.

    Se acordó por unanimidad nombrar como DIRECCION000 a Gonzalo .

    El Objeto social de dicha empresa es:

    "desarrollo e integración de soluciones informáticas en el campo de las comunicaciones, grupos de trabajo e Internet, incluyendo, pero sin limitarse a consultoría, distribución de hardware y software, instalaciones, mantenimiento y desarrollos a medida."

  6. - Con fecha 22/9/1997, Gonzalo , como DIRECCION000 de la sociedad FOCUS CONSULTING & TECHNOLOGY SL., confiere poder a favor de Catalina , para que ejerza las facultades de Abrir cuentas, disponer de cuentas corrientes, constituir y cancelar depósitos, pagar y cobrar deudas, todo ello hasta el límite de 500.000 ptas.

    Con fecha 12/11/1997, Gonzalo , vende a Catalina , 498 participaciones de la Compañía FOCUS CONSULTING & TECHNOLOGY SL., (porque estaba en negociaciones con AMADEUS, para ser contratado fijo de plantilla), siendo sustituido el anterior DIRECCION000 por Catalina .

  7. - Gonzalo , comenzó a prestar servicios como proveedor, para AMADEUS y en calidad de autónomo desde 1996, dicho Sr. Gonzalo era en esa fecha cuñado del actor (casado con una hermana del demandante).

    AMADEUS le contrató como empleado fijo en plantilla en 1/3/1998. El superior jerárquico del actor, confirma la contratación del Sr. Gonzalo , y conoce la relación de parentesco de ambos.

  8. - Con fecha 27/6/1997, 22/10/97, 28/11/1997, facturaba Gonzalo como representante de FOCUS CONSULTING TECHNOLOGY SL., y proveedor de AMADEUS.

  9. - Gonzalo , firmaba los TC2 de FOCUS y las nóminas de Catalina de los meses septiembre, octubre y noviembre/1997.

  10. - En junio/98 el actor y Gonzalo comunican a Carlos Ramón la conveniencia de contratar a un becario.

  11. - Con fecha 24/10/2000, Gonzalo , realizó ordenes de pedido de consultoría a FOCUS, para AMADEUS.

  12. - Gonzalo , firmó autorizando 4 días de vacaciones en marzo de 2002, de un empleado de FOCUS CONSULTING & TECHNOLOGY SL.13.- La empresa FOCUS ha venido prestando sus servicios para AMADEUS, con personal cedido, que ha trabajado en las dependencias de la demandada, bajo el control directo de Gonzalo , éste; es quien comunica a Catalina , las personas a las que tiene que renovar el contrato, quien evalúa a dichos trabajadores, "son los chicos de FOCUS".

  13. - El SR. Gonzalo es quien llevaba directamente el desarrollo de los trabajos de los consultores cedidos por FOCUS a AMADEUS, dichos consultores son Gabino , Jorge , Pablo , Sergio y Jose Enrique y eran del equipo de FOCUS, firmaba los partes de actividades de los empleados de FOCUS que prestaban servicios en AMADEUS.

  14. - Con fecha 20/12/2000, el SR. Gonzalo realiza informe de proyectos para el 2001.

    Con fecha 31 de enero de 2002, dicho SR. Gonzalo realiza un informe sobre tarifas y servicios de consultoría y describe los perfiles necesarios para los proyectos que AMADEUS está desarrollando.

  15. - Gonzalo mantenía reuniones con personal de AMADEUS y de FOCUS.

  16. - Carlos Ramón , superior jerárquico del actor, firmaba los Informes de proyectos que eran presentados por Gonzalo .

  17. - Trabajadores de FOCUS CONSULTING & TECHNOLOGY SL, fueron despedidos, por causas económicas con fecha 30/5/2003, y dichos trabajadores en un número de 6, demandaron por despido a las dos empresas, FOCUS y a AMADEUS, y de esos seis, uno desistió por haber sido indemnizado por ambas empresas reconociendo la improcedencia del despido y el resto fueron contratados fijos en plantilla en AMADEUS.

  18. - El actor y Catalina , contrajeron matrimonio en Abril/2002 y mantenían relaciones de pareja desde diciembre/1997.

  19. - El actor no comunicó a la empresa de forma oficial su matrimonio, no disfrutó del permiso correspondiente. El actor ya había tenido dos matrimonios anteriores.

  20. - La empresa en fecha 7/5/2003 entregó al actor una carta de baja voluntaria, para que la firmara y éste se negó. La empresa le entregó la despido, con la misma fecha.

  21. - El Sr. Gonzalo no ha sido despedido, dicho Sr., hacía las ordenes de pedidos a FOCUS.

  22. - Jose Enrique , Gabriel , Sergio , Gabino , Jorge (cuñado del Sr. Gonzalo ), son consultores cedidos por FOCUS a AMADEUS en el año 2000 y 2001. Dichas personas, entre otras, fueron despedidas por FOCUS con fecha 29/5/2003 y demandaron por despido a las dos empresas. Han sido contratadas por AMADEUS.

    En el caso de Salvador , desistió de la demanda judicial ante el Jdo. Social 37 de Madrid, por haber sido soldado y finiquitado, por AMADEUS.

  23. - AMADEUS, ha venido funcionando con los trabajadores cedidos por FOCUS, y los servicios prestados mediante la contratación de diversos productos proporcionados por...

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