STSJ Comunidad de Madrid 1207/2005, 11 de Noviembre de 2005

PonenteJOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZ
ECLIES:TSJM:2005:13474
Número de Recurso1487/2002
Número de Resolución1207/2005
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA 1207

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados:

D. José Ignacio Parada Vázquez

D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo

Dª María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

En la villa de Madrid, a 11 de noviembre de 2005.

VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 1487/2001, interpuesto por la Procuradora Dª Elisa Alcantarilla Martín, en representación de Dª Andrea , contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 22 de junio de 2001, que desestimó las reclamaciones NUM000 y NUM001 deducidas contra liquidación derivada de acta de disconformidad relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1993, así como contra acuerdo sancionador derivado de dicha liquidación; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado,representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Estimándose necesario el recibimiento a prueba y una vez practicadas las mismas, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 20.9.2005 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ignacio Parada Vázquez quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone este recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del TEAR de Madrid que desestima la reclamación económico administrativa promovida por el propio interesado contra acuerdo de la Oficina Técnica de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Tributaria derivado de Acta A02 por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, ejercicio 1993 y contra acuerdo de sanción por infracción tributaria grave, cuyo importe considera respectivamente a 3.973.120 y 1.671.157 pts

Para la resolución del presente recurso resultan relevantes determinados extremos que se desprenden del expediente administrativo y no han resultado controvertidos por las partes:

-En contrato de mandato con representación fechado en septiembre de 1993, la mandantes Andrea autoriza a la entidad Nox, Producciones y Servicios Culturales SL en condición de mandataria, para que en su nombre y representación pueda suscribir contratos y facturar servicios relativos a la actividad profesional de la poderdante. A cambio, por los servicios prestados cobrará una comisión, que según los casos oscilará entre el 10 y el 20%, de los ingresos que obtenga la sra. Andrea , con una duración de dos años.

-El 15 de septiembre de 1993, se suscribió un contrato de entre Antena 3 Televisión SA y Nox, por el que Andrea quedaba obligada a la presentación de los programas que se determinasen, con una contraprestación mensual de 3.250.000 ptas mas IVA, y cantidades que oscilan entre las 300.000 y 500.000 ptas por anunciante y programa para los...

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