STSJ Comunidad de Madrid 1207/2005, 11 de Noviembre de 2005
Ponente | JOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZ |
ECLI | ES:TSJM:2005:13474 |
Número de Recurso | 1487/2002 |
Número de Resolución | 1207/2005 |
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA 1207
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados:
D. José Ignacio Parada Vázquez
D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo
Dª María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
En la villa de Madrid, a 11 de noviembre de 2005.
VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 1487/2001, interpuesto por la Procuradora Dª Elisa Alcantarilla Martín, en representación de Dª Andrea , contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 22 de junio de 2001, que desestimó las reclamaciones NUM000 y NUM001 deducidas contra liquidación derivada de acta de disconformidad relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1993, así como contra acuerdo sancionador derivado de dicha liquidación; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado,representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
Estimándose necesario el recibimiento a prueba y una vez practicadas las mismas, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 20.9.2005 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ignacio Parada Vázquez quien expresa el parecer de la Sala.
Se interpone este recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del TEAR de Madrid que desestima la reclamación económico administrativa promovida por el propio interesado contra acuerdo de la Oficina Técnica de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Tributaria derivado de Acta A02 por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, ejercicio 1993 y contra acuerdo de sanción por infracción tributaria grave, cuyo importe considera respectivamente a 3.973.120 y 1.671.157 pts
Para la resolución del presente recurso resultan relevantes determinados extremos que se desprenden del expediente administrativo y no han resultado controvertidos por las partes:
-En contrato de mandato con representación fechado en septiembre de 1993, la mandantes Andrea autoriza a la entidad Nox, Producciones y Servicios Culturales SL en condición de mandataria, para que en su nombre y representación pueda suscribir contratos y facturar servicios relativos a la actividad profesional de la poderdante. A cambio, por los servicios prestados cobrará una comisión, que según los casos oscilará entre el 10 y el 20%, de los ingresos que obtenga la sra. Andrea , con una duración de dos años.
-El 15 de septiembre de 1993, se suscribió un contrato de entre Antena 3 Televisión SA y Nox, por el que Andrea quedaba obligada a la presentación de los programas que se determinasen, con una contraprestación mensual de 3.250.000 ptas mas IVA, y cantidades que oscilan entre las 300.000 y 500.000 ptas por anunciante y programa para los...
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