STSJ Comunidad de Madrid 1117/2005, 20 de Octubre de 2005

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2005:10142
Número de Recurso37/2003
Número de Resolución1117/2005
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA 1117

RECURSO NÚM.: 37-2003

PROCURADOR: D. ENRIQUE MONTERROSO RODRIGUEZ

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. J. Ignacio Parada Vázquez

Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo

-----------------------------------------------En la Villa de Madrid a 20 de octubre de 2005

Visto por la Sala del margen el recurso núm. 37-2003 interpuesto por D. Esteban representado por el procurador D. ENRIQUE MONTERROSO RODRIGUEZ contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 23.7.2002 reclamación nº NUM000 interpuesta por el concepto de IVA habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por suAbogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni la celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 18.10.2005 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 23 de julio de 2002 en la que acuerda desestimar la reclamación económico administrativa número NUM000 , confirmando la extemporaneidad declarada en el acuerdo impugnado. Habiéndose interpuesto la reclamación económico administrativa contra acuerdo del Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Delegación de Madrid, de 27 de junio de 2000 por el que se declara extemporáneo el recurso formulado contra derivación de responsabilidad del pago de las deudas tributarias pendientes de HIPERFRIO, S.L., por importe de

14.885,06 € (2.476.665 pesetas).

SEGUNDO

El recurrente solicita en su demanda que se declare la nulidad de pleno derecho de las resoluciones emitidas por el T.E.A.R. al no aplicar el procedimiento legalmente establecido al efecto para la devolución de los ingresos indebidos, alegando, en resumen, como fundamento de su pretensión, que el total de la deuda tributaria en concepto de I.V.A. que representaba la responsabilidad de los administradores fue pagado el día 15 de enero de 1.998, presentando el 21 de abril de 1.999 reclamación de devolución de ingresos indebidos por considerar que los hechos consignados en el acta de inspección no constituían infracción alguna puesto que la sociedad no tenía obligación de soportar el I.V.A. ya que la indemnización por resolución del contrato de arrendamiento la recibió el 1 de abril de 1.992, mientras que la...

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