STSJ Comunidad de Madrid 1402/2004, 5 de Noviembre de 2004
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1402/2004 |
Fecha | 05 Noviembre 2004 |
SENTENCIA 1402
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados:
D. José Ignacio Parada Vázquez
D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo
Dª María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
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En la villa de Madrid, a cinco de noviembre de dos mil cuatro.
VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 1058/2001, interpuesto por el Procurador D. Eduardo Codes Feijoo, en representación de D. Jose Carlos , contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 27 de marzo de 2001, que desestimó la reclamación nº 28/08279/99 deducida contra liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1997; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se revoque la resolución recurrida y se condene en costas a la parte demandada, reconociendo el derecho del actor a ser resarcido por los costes del aval bancario aportado para suspender la ejecutividad del acto impugnado.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime el recurso.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba se dio cumplimiento al trámite de conclusiones, señalándose para votación y fallo del recurso el día 2 de noviembre de 2004, en cuya fecha ha tenido lugar.
Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 27 de marzo de 2001, que desestimó la reclamación deducida por el actor contra liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1997, por importe de 498.621 pesetas.
La Administración practicó la reseñada liquidación incluyendo entre los rendimientos del trabajo la cantidad percibida por el contribuyente del Ministerio de Educación por su permanencia en Alemania para realizar actividades de investigación, mientras que el actor, funcionario docente de la Universidad Carlos III de Madrid, reclama la exención tributaria de dicha percepción por estimar que se trata de una ayuda para los gastos de manutención y estancia en el extranjero.
Plantea la parte actora, con carácter previo, la caducidad del procedimiento económico-administrativo por haber durado más de un año la tramitación de la reclamación planteada ante el TEAR de Madrid.
La pretensión que se acaba de exponer debe ser rechazada, pues como ya ha declarado esta Sala en...
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