STSJ Comunidad de Madrid 2357/2002, 20 de Noviembre de 2002
Ponente | JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA |
ECLI | ES:TSJM:2002:15998 |
Número de Recurso | 55/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 2357/2002 |
Fecha de Resolución | 20 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA 2357
RECURSO NÚM. 55-2000
PROCURADOR D. JAVIER ALVAREZ DIEZ
Ilmos. Sres.
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
En la Villa de Madrid a 20 de Noviembre de 2002
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 55-2000, interpuesto por D. Claudio , representado por el procurador D. JAVIER ALVAREZ DIEZ contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 23.9.1999 reclamación núm 28/14332/97 interpuesta por el concepto de IRPF habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.TERCERO: No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 19.11.2002 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna quien expresa el parecer de la Sala
Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional el día 23 de septiembre de 1.999 en la que acuerda desestimar la reclamación económico administrativa número 28/14332/97 interpuesta contra acuerdo de la Administración de Arganzuela de la AEAT. que desestima recurso de reposición formulado contra liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1.995 e importe de 1.116.806 pesetas.
El recurrente solicita en su demanda que se anule la resolución recurrida y la liquidación, girando nueva liquidación la Agencia Tributaria con devolución de la cantidad de 1.116.806 pesetas como ingresos indebidos más la cantidad de 161.874 pesetas como cuota diferencial negativa de la declaración de IRPF del año 1.995 más los intereses legales devengados, alegando, en resumen, como fundamento de su pretensión, la procedencia de la exención de la indemnización por invalidez percibida de la entidad de seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, SA., según el art....
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