STSJ Extremadura 62/2003, 24 de Enero de 2003

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Enero 2003
Número de resolución62/2003

SENTENCIA NUM 62

PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY

MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS/

En Cáceres a veinticuatro de Enero de dos mil tres.

Visto el recurso contencioso administrativo número 969 de 2.000, promovido por el Procurador de los Tribunales Don Luis Gutiérrez Lozano, en nombre y representación de DOÑA Mariana , en su propio nombre y en beneficio de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EXPROPIADOS DE GRANADILLA C.B. siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del EStado, recurso que versa sobre: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 21 de junio de 2.000, por la que se denegaba la incoación del procedimiento de revisión de oficio para declarar la nulidad de las actuaciones del procedimiento número 185 de los tramitados para la expropiación llevada a cabo por el Organismo de Cuenca con el fin de la construcción del Pantano "Gabriel y Galán" y, una vez declarada la nulidad, se proceda a la entrega de las fincas que se encontraban por encima de la cota 390 (máximo nivel de las aguas) tanto a la recurrente como a los integrados en la Comunidad. Cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito de demanda mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia, con imposición de las costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

No habiéndose solicitado por las partes el recibimiento del recurso a prueba, se pasó al trámite de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente Don WENCESLAO OLEA GODOY, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna en el presente recurso la Sra. Mariana , en su propio nombre y en el de la "Comunidad de Propietarios Expropiados de Granadilla, C.B." la resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 21 de junio de 2.000, por la que se denegaba la incoación del procedimiento de revisión de oficio para declarar la nulidad de las actuaciones del procedimiento número 185 de los tramitados para la expropiación llevada a cabo por el Organismo de Cuenca con el fin de la construcción del Pantano "Gabriel y Galán" y, una vez declarada la nulidad, se proceda a la entrega de las fincas que se encontraban por encima de la cota 390 (máximo nivel de las aguas) tanto a la recurrente como a los integrados en la Comunidad; se suplica en la demanda que se anule el mencionado acto y se declare el derecho de exclusión de la expropiación de las fincas situadas en una cota superior a la mencionada, se declare el derecho a la entrega de las fincas 1.634 y 1.635, ordenando las cancelaciones en el Registro de la Propiedad que contradigan esa devolución y se condene al Organismo de Cuenca al pago de los daños y perjuicios ocasionados. A tales pretensiones se opone el Sr. Abogado del Estado que considera, en primer lugar, que el recurso es inadmisible; con carácter subsidiario, que debe ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Límites de la revisión de oficio
    • España
    • Práctico Contencioso-Administrativo Revisión de oficio
    • October 31, 2022
    ...dominio de los terrenos reclamados) cierra la posibilidad de revisión, así como el mismo ejercicio contrario a la buena fe (STSJ Extremadura de 24 de enero de 2003 [j 5]) y se considera extemporánea pretender la revisión de un acto transcurridos más de veinte años (STS de 23 de octubre de 2......
1 sentencias
  • STS, 22 de Mayo de 2006
    • España
    • May 22, 2006
    ...por la representación procesal de Dña. Sandra y la DIRECCION000. contra sentencia de fecha 24 de Enero de 2.003 dictada en el recurso 969/00 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura . Siendo parte recurrida el Abogado del Estado en la rep......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR