STSJ Cataluña 4368/1999, 9 de Junio de 1999

PonenteJOSE DE QUINTANA PELLICER
Número de Recurso2152/1999
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4368/1999
Fecha de Resolución 9 de Junio de 1999
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 4368/1999

En el recurso de suplicación interpuesto por Alberto frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº21 Barcelona de fecha 10 de diciembre de 1998 dictada en el procedimiento nº 930/1998 y siendo recurrido/a I.C.S., INSS, Rosa y MINISTERIO FISCAL. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de agosto de 1998 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Tutela de derechos fundamentales, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 10 de diciembre de 1998 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Alberto contra Rosa , INSS e ICS en reclamación por violación de derechos fundamentales debo absolver y absuelvo a la demandada de la demanda en su contra interpuesta.".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- El actor fue dado de baja médica e inició proceso de incapacidad laboral el 23/5/97.

  1. - El 11/7/97 fue dado de alta por la Inspección médica de zona, a través de la codemandada Doña Rosa , expresando en el diagnóstico "infección HIV estadio A-1".

  2. - El alta fue expedida en los modelos autocopiativos anteriores a los prevenidos en el RD 575/1997, de 18/4, en tanto no estaban a disposición todavía los nuevos modelos.

  3. - El actor estaba percibiendo el subsidio de incapacidad temporal directamente del INSS, por lo que no existía empresa alguna a la que hubiera de entregar el parte de alta.

  4. - Percibió prestación contributiva de desempleo, que finalizó el 3/3/97; trabajó en la empresa Ferros Iluro SL durante 4 meses y dos dias y el 30/6/97 causó baja en la misma, mientras ya estaba en situación de incapacidad temporal.

  5. - Interpuesta reclamación previa contra el alta por entender que violaba su derecho fundamental a la intimidad fue desestimada por resolución expresa.".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó (I.C.S.), elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda de tutela de derechos fundamentales presentada por la parte actora, que argumenta en su recurso, la vulneración de su derecho a la intimidad personal por la circunstancia de haber expresado la Inspección Médica en su parte de alta, como diagnóstico de las lesiones padecidas, el de "infección HIV-estadio A-1". Solicita como ya lo efectuó en la instancia la declaración de nulidad del parte de alta en su dia expedido y una indemnización que fija en cuatro millones de pesetas.

El recurso se articula con amparo procesal en el apartado b) del art 191...

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